Ayudas. Autónomos y Empresas en España

Empresas • 13 ago, 2024

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En este artículo encontrarás la siguiente información:

 

 

Fuentes: 
 unmadrilenoeneuropa.es  
FormaItalia
Unión Europea
Agencia Tributaria Española
DDAsesoria

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Conocer tus responsabilidades fiscales como ciudadano o empresa es importante. Para evitar situaciones y cargos inexperados, especialmente cuando estás lejos de tu país de origen. Por eso queremos ayudarte:

Si tienes cualquier duda contacta con nuestros Helpers, expertos en fiscalidad y doble imposición.



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Ayudas económicas a Empresas y Autónomos en España.

Recientemente se han lanzado un paquete de medidas para reactivar y animar la economía española, afectada gravemente por la situación del Covid-19. Hoy te queremos traer todas las medidas y ayudas económicas que se han aprobado para Empresas y Autónomos en España.

 

Recuerda que en la comunidad vivireneuropa.eu trabajamos para buscar, contrastar y compartir toda la información que puedes necesitar para vivir en Italia. En nuestra web encontrarás más de 150 temas diferentes. 

 

Antecedentes. Qué es lo que ha sucedido.

 

La pandemia de coronavirus ha provocado que el Gobierno tenga que tomar medidas económicas para intentar atajar una crisis.
El Ejecutivo ha aprobado varios decretos para hacer frente al impacto económico con ayudas para parados y préstamos para autónomos y pymes.


El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un paquete de medidas extraordinarias dedicadas a ayudas directas para autónomos y empresas, por lo que se destinarán

7.000 millones de euros para los sectores más castigados por la pandemia. Justo esto es lo que te vamos a explicar a continuación en este artículo.

 

Recuerda que si tienes cualquier consulta, quieres constituir tu empresa o plantear un proyecto; 
puedes ponerte en contacto con nuestros abogados y economistas.



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Quién puede disfrutar y solicitar estas ayudas.

Para empezar debes estar entre las empresas y autónomos que se dediquen a alguna de las 100 actividades económicas más afectadas por el covid que aparecerán especificadas en el BOE.

Además se deben dar otra serie de requisitos:

  • También debes encontrarte al corriente de pago de subvenciones o ayudas públicas, obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No tener la residencia fiscal en un paraíso fiscal y además no haber sido condenado a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas .
  • Tampoco puedes haber solicitado la declaración de concurso ni haberte declarado como tal y no puede haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento.


Importante: es indispensable demostrar por declaración de iva que se facturó al menos un 30% menos que el año anterior.


Además, los destinatarios deberán comprometerse a mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022 y No podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022, tampoco podrán aprobar incrementos en las retribuciones de alta dirección durante dos años.

 

Puedes
consultar con nuestro equipo sobre las patentes de marcas y derechos de propiedad intelectual. Solicita una reunión sin compromiso.

Recuerda que: 

Cualquier ciudadano de la UE tiene derecho a:

  • crear su propia empresa (incluso como titular único) en cualquier país de la UE, así como en Islandia, Noruega o Liechtenstein.
  • crear una sucursal o filial de una empresa ya existente que tenga su domicilio social en la UE y ya esté inscrita en un país de la UE.

Contacta con nuestros expertos en Empresas y Pymes.
Podrás externalizar tu negocio, internacionalizacionarlo o adaptarlo con un equipo experto en legislación española e italiana.



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Cómo, cuánto y cuándo se pueden solicitar las ayudas.

Como has visto la medida se acaba de aprobar hace poco, por eso aún no existe información concreta en algunos temas. Como siempre, iremos actualizando este mismo artículo según vayamos recibiendo más información. También puedes contactar con nuestros helpers para tu caso concreto.

En cuanto al plazo:

Serán las autonomías las que lo decidan, tienen un plazo de un mes y 10 días desde el pasado viernes para comunicarlo.

En cuanto a la cantidad:

Autónomos y pymes podrán acceder entre 4.000 y 200.000 euros (excepto los autónomos que tributen en el régimen de estimación objetiva en el IRPF, que recibirán hasta 3.000 euros).

Las empresas o autónomos con régimen de estimación directa y con un máximo de 10 empleados la ayuda máxima que se concederá será del 40% de la pérdida, mientras que para empresas o autónomos con más de 10 empleados, las ayudas serán del 20% del importe de las pérdidas en el volumen de operaciones en 2020.

En cuanto al procedimiento de solicitud:

También será mediante las autonomías, serán ellas, las que en un mes aproximadamente nos comuniquen los pasos a seguir. En el momento que tengamos más información os iremos actualizando.

 

Equipo de Redacción VIVIR EN EUROPA

El equipo de redacción de Vivir en Europa está formado por todos los profesionales que trabajan en este proyecto. Además de su conocimiento y experiencia se utilizan fuentes de administraciones públicas o entidades privadas con prestigio. Todas las fuentes siempre están accesibles para que las puedas consultar. La información es un derecho del ciudadano.

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