En este artículo encontrarás la siguiente información:
- Cuándo hay que matricular un vehículo extranjero en España.
- Cuál es el proceso para la matriculación en España.
- Qué costes y documentos me van a solicitar para matricular mi coche o moto en
España. - Puedes realizar cualquier consulta a nuestros helpers.
- También si lo deseas puedes homologar tu permiso de conducir extranjero con nosotros.
Fuentes:
Gobierno de España – Unión Europea – DGT
–
unmadrilenoeneuropa
Conoce todos nuestros servicios
Cuándo vale la matricula extranjera en España
Sabemos por todas las preguntas que recibimos que hay algunas confusiones sobre la matriculación de un vehículo dado de alta en otro país europeo. Pero salvo, detalles muy concretos la ley es común en casi todos los países de la Unión Europea. (Dinamarca es un poco más flexible.)
Por eso hoy hemos decidido explicarte y aclararte cómo se debe matricular un vehículo de otro país en España.
Antes de comenzar queremos decirte que también hemos escrito sobre la homologación sobre los permisos de conducir en la Unión Europea.
Si te interesan cualquiera de estos trámites sólo tienes que pinchar en el link.
Antes de empezar es importante que sepas, por si encuentras alguna información algo caducada en la red,
que esta normativa es la última actualidad por el Gobierno español en su legislación el paso mes de diciembre de 2020 y de momento no se han dado cambios.
Para saber los plazos hay dos criterios, el tiempo de permanencia y si te has inscrito o no el registro como residente en España Te explicamos todos los casos:
- Si estás de paso en España, es decir, no superarás los 90 días. No es necesario que te inscribas como residente, y por lo tanto tampoco tendrás que matricular, ni pagar los impuestos en España.
Sobre la inscripción como residente puedes hacer clic en este artículo. - Si te inscribes como residente en España, pasados los 90 días, dispones de un mes para realizar la matriculación de tu vehículo.
Es obligatorio matricularlo siempre que el titular del vehículo sea residente nacional y tienes un plazo de un mes desde el momento en que seas residente para rematricular tu vehículo con placas españolas.
Queremos explicarte si es la primera vez que nos visitas que en la comunidad
vivireneuropa.eu trabajamos para buscar, contrastar y compartir toda la información que puedes necesitar para vivir en Italia.
Accede a nuestra Biblioteca Digital.
Más de 250 Trámites Online. Desde cualquier parte del mundo
Excepción: los estudiantes.
Si eres estudiante y te trasladas a otro país de la UE con el único fin de cursar tus estudios, puedes conducir tu coche matriculado en tu país de origen sin tener que matricularlo ni pagar impuestos en tu nuevo país.
Como estudiante, debes estar matriculado en un centro educativo de ese país y poder aportar el certificado de matrícula válido. Ahora bien, si empiezas a trabajar mientras sigues estudiando, tendrás que matricular el vehículo en ese país.
Antes de salir de tu país de origen, te conviene conocer las normas aplicables en el país en el que vas a estudiar. Es posible que tengas que hacer algunos trámites administrativos o cumplir determinadas condiciones para evitar tener problemas en los controles policiales.
Debes tener en cuenta que algunos países, no España, no permiten esta excepción. Así que si vas a viajar a Dinamarca, Estonia, Alemania o Suecia deberás seguir la norma general de matriculación de este país.
Descarga la GUIA PRIMEROS PASOS EN ESPAÑA
Qué proceso debo seguir. Matricular en España.
Éste es el proceso que debes seguir:
El ciudadano que quiera trasladar su vehículo habitual de país debe dar los siguientes 3 pasos para llevar a cabo el trámite:
- Acudir a una estación ITV con el vehículo y la documentación del vehículo del país de origen. La estación de la ITV verificará físicamente tanto el vehículo como la documentación y generará, si todo es correcto, la correspondiente ficha de ITV del vehículo en formato español.
- Liquidar los impuestos vinculados a la matriculación del vehículo y obtener así los correspondientes justificantes de pago: Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio e
Impuesto de Matriculación de la Agencia Tributaria (AEAT) , excepto en el caso de remolques. - Solicitar en la Dirección General de Tráfico (DGT) la documentación obtenida en los pasos anteriores junto con la solicitud de matriculación y su documentación de identificación y domicilio. La DGT, una vez revisada toda esta documentación, procede a matricular el vehículo y a entregar el permiso de circulación.
Si por cualquier circunstancia no diera tiempo a realizar el trámite de la matriculación de tu vehículo en el plazo de un mes, puedes solicitar a la DGT la matriculación temporal de tu vehículo . Con este trámite te daremos unas matrículas de placas verdes temporales con las que podrás circular con tu vehículo durante 2 meses (prorrogables) mientras terminas de tramitar la matriculación definitiva.
Documentos que te van a solicitar.
Documentos necesarios:
Si quieres tramitar la matriculación de un vehículo extranjero debes presentar esta documentación en su Jefatura Provincial de Tráfico:
- Solicitud en impreso oficial.
- Tasa correspondiente pagada a Tráfico (97,80€).
- Tarjeta de ITV con la diligencia de venta.
- Identificación del interesado. Para personas físicas: DNI, pasaporte permiso de conducir español o tarjeta de residencia. Para personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad de la persona firmante.
- Impuesto de Matriculación (IEDMT) liquidado con la Agencia Tributaria (modelo 576).
- Impuesto de Circulación liquidado con ayuntamiento donde resida.
- Para vehículos nuevos comprados en la Unión Europea:
- IVA liquidado con la Agencia Tributaria (modelos 300 o 309).
- Ficha técnica del vehículo expedida por la ITV.
- Para vehículos de segunda mano comprados en la Unión Europea:
- Documentación original del vehículo.
- Ficha técnica del vehículo expedida por la ITV.
- Entre particulares: contrato de compraventa y su traducción al español, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) liquidado con la Agencia Tributaria.
- En compraventas extranjeras: factura con el número de IVA.
- En compraventas nacionales: factura y justificante de Hacienda de alta en la actividad.
- Para vehículos comprados en terceros países:
- Documentación original del vehículo.
- Documento único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana (salvo que en la tarjeta ITV conste la importación del vehículo).
Puedes ampliar la información en el sitio europeo de matriculación (España).
Es importante recordar que en el caso de un control cotidiano, inspección técnica, si el vehículo no cumple la normativa podrás sufrir una multa. De la misma manera, en caso de accidente – esperemos que nunca suceda- la aseguradora si investiga y comprueba que has realizado prácticas no reglamentarias podría eximirse de la cobertura de tu siniestro.
Más información en MovEU: Punto de información de la Movilidad Europea