Reclamar el Pago de una Deuda en Italia

Empresas • 13 ago, 2024

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En este artículo encontrarás la siguiente información:


  • Cómo reclamar una deuda en Italia.
  • Reclamaciones de particulares, autónomos o Empresas.
  • Proceso legal para conseguir el cobro de la deuda en Italia.
  • Contacta con nuestros profesionales.

 

Fuentes: 
 SRC Legal

unmadrilenoeneuropa.es  vivirenespana.eu
autonomoseneuropa.eu
Unión Europea



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Reclamar una deuda en Italia. Introducción.

Las operaciones intracomunitarias son muy habituales en la actualidad, con ellas los riesgos que operan: el impago.
Te explicamos en este artículo de la mano del abogado Lorenzo Rocchi cuáles son los procesos y gestiones que debes realizar para asegurar el éxito en el cobro de tu deuda.

 

Recuerda que en la comunidad vivireneuropa.eu trabajamos para buscar, contrastar y compartir toda la información que puedes necesitar para vivir en Europa En nuestra web encontrarás más de 200 temas diferentes. 

 

Disponemos de un equipo profesional para microempresas y grandes corporaciones con más de 20 años de experiencia que pueden gestionar todo el proceso de internacionalización o establecimiento de tu negocio en Italia.  Un equipo que conoce la legislación de varios países y expertos en el proceso con casos de éxitos comprobables.
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¿Eres un particular o un empresario y alguien te debe una cierta cantidad de dinero? ¿Te sientes indefenso y desorientado al no saber cómo actuar legalmente para reclamar esa cantidad? Hoy queremos darte seguridad y explicarte que es un proceso más común y con una porcentaje de éxito mayor al que se piensa.

 

Olvida desde este momento el  renunciar a la idea de recuperarlo, pensando en la complejidad del trámite y los posibles costes. Si tienes deuda en España nuestros compañeros de legal te podrán ayudar a realizar toda la gestión para que puedas recuperarlas.

 

En este breve artículo escucharemos algunos consejos del abogado Lorenzo Rocchi, que nos explicará cómo se puede recuperar un crédito en cuatros sencillos pasos.


Recuerda que nosotros podemos ayudarte. Ponte en contacto con nuestros abogados y economistas.
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La carta de requerimiento.

Funciona en forma de subvención.

 

Seguramente evitar el tribunal es siempre el camino preferible, más rápido e incluso más económico, pero si ya has intentado pedir el pago de tu crédito y no lo has obtenido es evidente que va a necesitar algo más. Hay que empezar a pasar desde el procedimiento más sencillo y menos costoso, a las siguientes reclamaciones en base a la respuesta del deudor.

 

El consejo es contratar a un abogado para que envíe una advertencia formal al deudor, que le haga comprender que estas haciendo en serio. En Italia una de las primera cosas que deberás realizar es enviar una carta de advertencia.

 

¿Qué es y qué puntos esenciales contiene en la carta de advertencia en Italia?

 

   • Una buena carta de requerimiento deberá incluir un plazo de pago, con la advertencia de que, en caso de impago dentro de ese plazo, se iniciará el procedimiento judicial de cobro del crédito.
• También tendrá que incluir el cálculo de los intereses, para que el deudor sepa exactamente que cada día de impago contribuirá a aumentar la cantidad que tendrá que pagar al final

Es importante que sepas,  que de acuerdo con el decreto legislativo 231/2002, en el caso de los contratos celebrados entre empresas (o profesionales) o entre empresas y administraciones públicas, se deben intereses de demora especiales

 

Una carta de advertencia bien hecha puede ser la clave para obtener el pago o para crear las condiciones de un acuerdo más ventajoso con el deudor.

 

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El acuerdo.
La segunda opción.

Llegar a un acuerdo, según el articulo 1965 del código civil, incluso renunciando a una cierta cantidad de dinero y/o concediendo un aplazamiento del pago, a menudo puede ser una solución preferible a ir a los tribunales.

 

Pero cuidado: es muy importante estar asesorados por profesionales competentes que redacten el acuerdo de conformidad con las disposiciones legales. Escribir un acuerdo erróneo nos puede presuponer en dificultades legales.

 

  • Los plazos deben estar correctamente definidos.
  • Se deben especificar las garantías que nos protejan frente a otro potencial impago. Recordemos que esta persona es ya un deudor con nosotros.
  • Como indicábamos, redactar y dar validez legal a un acuerdo así no es sencillo. Se debe evitar la inserción de cláusulas que podrían considerarse nulas ante un Tribunal.

El “Decreto Ingiuntivo”.
La tercera vía.

Si el
deudor sigue sin pagar y no quiere llegar a un acuerdo, entonces será el momento de dirigirse al juez.


Abre la mente y olvida lo que,  a diferencia de lo que muchos piensan, no necesariamente se necesitará de un juicio que dure años, en la mayoría de los casos será suficiente dotarse de un «decreto ingiuntivo». Un procedimiento que agiliza los procesos en Italia y con el cual estamos muy familiarizados.

 

El decreto es una decisión judicial por el cual el órgano jurisdiccional, a petición del acreedor y de conformidad con el artículo 633 del c.p.c., ordena al deudor el pago de su deuda (inmediatamente o en un plazo máximo de 40 días, según los casos), además de los intereses y costes del procedimiento.

 

Con la ayuda de un buen abogado no tomará años sino sólo unas pocas semanas para obtener el decreto, que luego tendrá que ser notificado al deudor además con la acta de “precetto”, según el art. 480 c.p.c., con el que se anuncia que si no hay pago espontáneo podrá iniciarse la ejecución forzosa.



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La ejecución forzosa. La decisión última y final en Italia.

En este período entramos en el último tramo si el deudor no ha abonado los pagos pendientes. En ausencia de pago espontáneo, tras 10 días desde la notificación del “precetto” y no más de 90 días después, podrá iniciarse la ejecución forzosa.

 

El procedimiento tiene por objeto obtener el cobro de la deuda mediante la ejecución de los activos del deudor.


Es muy importante realizar una investigación exhaustiva de los activos que posee el deudor. Esto es esencial que lo hagas también con profesionales que te puedan guiar y ayudar.

 

Veamos los principales tipos de embargo:

• Ejecución hipotecaria.
Con el cual se podrá, por ejemplo, poner a la venta la casa u otros inmuebles de propiedad propia del deudor y obtener el pago del crédito.

   • Ejecución de bienes muebles.
Con el que se puede poner a la venta un bien mueble que pertenece al deudor, por ejemplo un automóvil, un anillo de diamantes o un reloj precioso.

• Ejecución de terceros.
Con el que se podrán embargar bienes del deudor en posesión de terceros, tales como las sumas de dinero en una cuenta bancaria, el salario o la pensión

Como hemos visto, el cobro de un crédito es más fácil y más rápido de lo que se puede imaginar.

Recuerda que estamos acostumbrados a todo este tipo de gestiones en diferentes países europeos. Contacta con nuestros expertos y reclama tu dinero.



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