En este artículo encontrarás la siguiente información, relacionada con los derechos de los autónomos en España:
- Facturas a particulares
- Facturas a otros autónomos
- Facturas a empresas
Las fuentes y la información es algo que nos tomamos muy en serio en nuestra comunidad. Por eso antes de profundizar en materia, te dejamos las fuentes en las que se ha basado el equipo de redacción para completar este artículo. También está disponible en nuestro canal de Youtube.
Fuentes:
Agencia Tributaria Española – Dirección General de Tributos – Seguridad Social España
Legislación aplicada para este análisis por nuestro equipo:
- Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido – artículos 164, 25, 13, 78, 79, 88, 89 BOE-A-1992-28740 – regula las obligaciones de facturación, la exención de entregas intracomunitarias, la repercusión y rectificación del IVA, y la obligación de conservación de facturas.
- Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido – artículos 4, 61 sexiesdecies, 63, 64, 66, 67, 68 BOE-A-1992-28925 – desarrolla los requisitos de facturación, libros registro y obligaciones formales.
- Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación – artículos 6, 7 BOE-A-2012-14696 – establece el contenido y requisitos de las facturas y facturas simplificadas.
- Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 y regula la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias – artículo 2 y Anexo BOE-A-2010-5098 – regula la obligación de información de operaciones intracomunitarias.
Cómo realizar facturas siendo autónomo en España a PARTICULARES
En un entorno económico cada vez más dinámico y digital, la correcta gestión de la facturación se ha convertido en un elemento clave para la transparencia, el cumplimiento fiscal y la profesionalización de cualquier actividad autónoma en España.
A partir de 2026, las obligaciones y requisitos en este ámbito experimentan cambios importantes que aseguran mayor control y seguridad para los autónomos, clientes particulares, empresas y administraciones públicas.
Este artículo tiene como objetivo ofrecer una guía clara y precisa sobre cómo deben emitir sus facturas los autónomos en España, ya sea a particulares, otros autónomos o empresas, cumpliendo con la normativa vigente y adaptándose a las nuevas exigencias tecnológicas y fiscales que entrarán en vigor próximamente.
En el caso de la facturación a particulares se dan algunas características particulares, y es que no siempre tenemos los datos de los clientes, por eso ten en cuenta:
- Para ventas pequeñas (menos de 3.000 euros con IVA), puede usar un ticket simplificado, que es una factura más sencilla.
- Si el cliente particular lo pide, el autónomo debe entregar una factura completa, que incluya todos los datos necesarios.
- La factura debe tener información básica como número, fecha, datos del autónomo, descripción del producto o servicio, el IVA aplicado y el total.
- No es obligatorio poner los datos del cliente particular, salvo que la compra sea grande o lo exija alguna norma especial.
En la facturación a particulares debes tener en cuenta que:
- La factura debe incluir todos los datos del emisor (nombre, NIF, dirección fiscal) y del cliente cuando sea posible.
- No se incluye retención de IRPF en las facturas a particulares.
- Se debe aplicar el IVA correspondiente (generalmente el 21%).
- La factura debe contener un número y serie identificativa, fecha de emisión, descripción del servicio o bien, cantidad, precio unitario y total.
- Las facturas simplificadas pueden usarse para importes menores a 400€ (IVA incluido), con menos datos requeridos.
Cuando un autónomo realiza una entrega de bienes o prestación de servicios a un particular (persona física que no actúa como empresario o profesional), está obligado a expedir factura por la operación, salvo en los supuestos en que la normativa permite la expedición de facturas simplificadas (antiguos tickets), como ocurre en determinadas actividades y siempre que el importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido. No obstante, si el particular lo solicita para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria, debe expedirse factura completa.
Cómo realizar facturas siendo autónomo en España a OTROS AUTÓNOMOS
Cuando el destinatario de la operación es un empresario o profesional (autónomo o empresa), la expedición de factura completa es obligatoria, sin excepción, incluso en operaciones exentas o no sujetas al IVA. La factura debe contener todos los datos previstos en el artículo 6 del Reglamento de facturación, incluyendo el NIF del destinatario, su razón social y domicilio, así como la descripción detallada de la operación, base imponible, tipo impositivo y cuota de IVA repercutida.
Los autónomos tienen derecho a la prestación económica por incapacidad temporal en caso de enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional, siempre que tengan cubierta la correspondiente contingencia y cumplan los requisitos de alta y cotización. La acción protectora incluye tanto la asistencia sanitaria como la prestación económica durante el periodo de baja, en condiciones equiparables a las del Régimen General, con las particularidades propias del RETA.
- Se debe incluir en la factura el IVA (normalmente 21%) y además, aplicar retención de IRPF (15% o 7% para nuevos autónomos durante los primeros 3 años).
- La factura debe contener los datos fiscales del emisor y del receptor.
- El autónomo receptor podrá deducir el IVA soportado en su declaración trimestral.
- La factura debe ser clara, indicando la base imponible, IVA aplicado, la retención y el importe total a pagar.
Recuerda que te podemos ayudar y acompañar en todo momento.
Datos obligatorios que debe contener mi factura como autónomo en España:
Asegura cumplir al menos con esta información para facturar:
- Número y serie de la factura (debiendo ser correlativos).
- Fecha de emisión.
- Datos completos del emisor (tu nombre o razón social, NIF, domicilio fiscal).
- Datos completos del receptor (nombre o razón social, NIF, domicilio fiscal del autónomo al que facturas).
- Descripción clara y detallada del servicio o producto facturado.
- Base imponible del importe facturado, sin IVA.
- Tipo impositivo de IVA aplicable (normalmente 21%, salvo excepciones).
- Importe total de IVA repercutido.
- Retención de IRPF (normalmente 15%, o 7% para autónomos en primeros años).
- Total a pagar, ya incluyendo IVA y menos la retención si procede.
Recuerda que si estás siguiendo cualquier de nuestros programas de facturación electrónica es muy sencillo. ¡Consúltanos cualquier duda! Si tienes negocios físicos con cobro directo, te ayudaremos a realizar la extracción datos.
Cómo realizar facturas siendo autónomo en España a EMPRESAS
La acción protectora del RETA comprende, además de las prestaciones por cese de actividad e incapacidad temporal, otras prestaciones de la Seguridad Social, entre las que destacan:
- Similar a la facturación entre autónomos, debe incluir IVA y retención de IRPF si la actividad lo requiere.
- La retención de IRPF no aplica si se factura a particulares, solo a profesionales y empresas.
- Es importante conservar copia de las facturas y declararlas en los modelos fiscales correspondientes (modelo 303 para IVA, modelo 130 para IRPF, etc.).
Cómo realizar facturas siendo autónomo en España: Operaciones Intracomunitarias
- Si se factura a otro profesional o empresa de la UE que está dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), no se aplica IVA (operación exenta), y el destinatario se responsabiliza del IVA en su país con el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
- Si el cliente intracomunitario no está registrado en el ROI, se debe aplicar el IVA de España.
- En el caso de particulares en la UE, se aplica el IVA del país del destinatario.
- Es obligatorio estar dado de alta en el ROI y declarar las operaciones en el modelo 349.
- Es necesario verificar el número de identificación del cliente intracomunitario a través del certificado de la AEAT (VIES).
Te dejamos una tabla resumen sobre cómo facturar siendo autónomo en España:
| Punto a analizar | Facturar a Particulares | Facturar a Otros Autónomos | Facturar a Empresas |
|---|---|---|---|
| Aplicación del IVA | Generalmente sí, salvo excepciones | Sí, con posibilidad de deducción | Sí, deducibilidad del IVA habitual |
| Obligación de retención IRPF | No, salvo casos específicos | Sí, normalmente 15% (7% primeros años) | Sí, retención obligatoria de IRPF |
| Tipo de factura | Factura simplificada posible para importes bajos | Factura completa con todos los datos fiscales | Factura completa con todos los datos fiscales |
| Datos obligatorios | Datos básicos (nombre, DNI, descripción) | Datos completos (nombre, NIF, actividad) | Datos completos (nombre, CIF, actividad) |
| Forma de emisión | Puede ser en papel o electrónica | Factura electrónica obligatoria (con Verifactu en 2025) | Factura electrónica obligatoria |
| Requisitos especiales 2025 | Simplificaciones para importes bajos | Uso obligatorio de software certificado | Uso obligatorio de software certificado |
| Control y registro | Menos riguroso, simplificado | Registro exhaustivo para deducción y control | Registro exhaustivo y controles fiscales amplios |
| Régimen IVA franquicia | Posible exención para importes bajos | No aplicable si supera límites | No aplicable si supera límites |
Conservación y orden de las facturas:
Todas las facturas, tanto las que se emiten como las que se reciben, deben guardarse durante varios años para cumplir con la ley.
Las facturas deben estar numeradas en orden, y si el autónomo tiene diferentes tipos de actividades o locales, puede usar series separadas para organizar mejor.
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Análisis realizado por vivireneuropa.eu por el equipo de redacción con la supervisión de nuestro equipo fiscal en España

