
Calculadora de la exención fiscal del Modelo 7P
Descubre cuánto puedes ahorrar en tu IRPF por trabajar fuera de España
Si eres residente fiscal en España y te has desplazado al extranjero para trabajar por cuenta de una empresa, es posible que puedas aplicar la exención del artículo 7.p) de la Ley del IRPF, conocida en la práctica como «Modelo 7P». Esta ventaja fiscal permite dejar exentos hasta 60.100€ anuales de tu salario, sin coste para tu empresa. Nuestra calculadora te da una primera estimación de la parte de tu sueldo que quedaría exenta y del ahorro fiscal aproximado en tu declaración de la renta.
Pero no todo el mundo que viaja por trabajo puede aplicar esta exención. Hay requisitos que se revisan caso por caso: que el trabajo realizado beneficie efectivamente a una empresa extranjera, que el país de destino no sea un paraíso fiscal, que puedas acreditar los días de desplazamiento y que no estés aplicando ya el régimen de excesos, entre otros. Si Hacienda revisa tu caso, la carga de la prueba es tuya. Por eso, cuando lo necesites, nuestro equipo de asesores fiscales puede valorar tu situación, calcular correctamente la exención y presentarla en tu declaración o como reclamación de ingresos indebidos, encargándose también de la defensa ante cualquier requerimiento de Hacienda.
Usa la calculadora para saber dónde estás. Cuenta con nosotros para asegurarte de que está bien hecho.
Calculadora Modelo 7P — Exención art. 7.p) LIRPF
Estima el ahorro fiscal por trabajos realizados en el extranjero para residentes fiscales en España
1. Salario y días trabajados en el extranjero
2. Exención 7P y ahorro fiscal estimado
¿Quieres confirmar si puedes aplicar la exención 7P?
Nuestros asesores fiscales analizan tu caso, valoran si cumples los requisitos, calculan la exención correctamente y gestionan la reclamación o tu declaración de la renta de principio a fin.
Solicita tu valoración del Modelo 7P¿Quieres confirmar si puedes aplicar la exención del Modelo 7P con un experto de vivireneuropa.eu?
Esta cifra es una estimación basada en una escala general aproximada del IRPF. Tu situación real puede tener matices —cumplimiento de los requisitos del art. 7.p), incompatibilidad con el régimen de excesos, acreditación documental de los días trabajados, otras rentas o deducciones— que solo un asesor puede valorar con precisión.
Cuando trabajas con nosotros, no presentas tu Modelo 7P solo:
- Analizamos si cumples los requisitos del artículo 7.p) de la Ley 35/2006 del IRPF para tu caso concreto.
- Calculamos la exención correcta según los días efectivamente trabajados en el extranjero y el límite anual de 60.100€.
- Preparamos y conservamos la documentación justificativa que puede exigir la Agencia Tributaria (contrato, certificados de la empresa, pruebas del desplazamiento).
- Presentamos la exención en tu declaración de la renta o, si procede, la reclamación de ingresos indebidos.
- Te representamos ante cualquier requerimiento, notificación o revisión de Hacienda, así que no tienes que enfrentarte solo a la administración.
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Fuente: Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF — art. 7.p) - Agencia Tributaria Española - Asesoría Fiscal Vivir en Europa
