4 opciones sobre Cómo cobrar de mi sociedad en España

Autónomos | Vivir en Europa • 22 ago, 2025
Cómo cobrar de mi sociedad

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En este artículo encontrarás la siguiente información, relacionada con cómo cobrar de mi sociedad en España:

  • Cobrar como salario (trabajador) de mi propia empresa
  • Cobrar a través de dividendos
  • Cobrar mediante facturas (activaciones profesionales de autónomo) a mi sociedad
  • Préstamos o anticipos de la sociedad

Las fuentes y la información es algo que nos tomamos muy en serio en nuestra comunidad. Por eso antes de profundizar en materia, te dejamos las fuentes en las que se ha basado el equipo de redacción para completar este artículo. También está disponible en nuestro canal de Youtube.

Fuentes: 

Agencia Tributaria Española – Unión EuropeaDirección General de Tributos

Cómo cobrar de mi sociedad: trabajador asalariado

Cuando tienes una sociedad, una de las dudas más comunes es cómo cobrar el dinero de manera eficiente desde el punto de vista fiscal y legal. La forma en que te remuneres afecta no solo tu bolsillo, sino también las obligaciones fiscales y la salud financiera de la empresa. 

Vamos a analizar contigo el impacto de cobrar como asalariado en tu sociedad.

Si ejerces funciones dentro de la sociedad, lo habitual es que te pagues un salario. Este salario está sometido a retenciones por IRPF y a las cotizaciones a la Seguridad Social. Pagar un salario razonable te aporta beneficios como cotización para la jubilación y otras prestaciones sociales.

Precauciones que debes tener en cuenta a la hora de cobrar un salario de tu empresa:

  • El salario debe ser acorde con el mercado y las funciones que desempeñas para evitar inspecciones fiscales.
  • Debes cumplir con las obligaciones laborales y fiscales para evitar sanciones.

Si eres el administrador (órgano de dirección) de la sociedad, puedes optar por cobrar o no un salario por tu función. No existe una obligación legal de que el administrador se remunere, pero si decides cobrar, debe quedar reflejado en los estatutos o en un acuerdo formal de la sociedad y estar declarado fiscalmente.

Si eres también trabajador por cuenta ajena de la sociedad y realizas funciones laborales, puedes tener un contrato de trabajo y cobrar un salario, como cualquier empleado. Sin embargo, debes que la relación laboral sea real y justificada ante Hacienda y la Seguridad Social. Hemos hablado de este punto y de las limitaciones que existen dependiendo de la actividad y el epígrafe al que estés inscrito.

En resumen estos son los puntos que tienes que tener en cuenta si quieres cobrar como trabajador en tu sociedad:

  • Si eres administrador o trabajador, puedes cobrar un salario de la sociedad.
  • Este salario está sujeto a IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y a cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Ventaja: estabilidad y cotización para la jubilación y prestaciones.
  • Precaución: el salario debe ser acorde al mercado y justificable para evitar problemas con Hacienda.

Cómo cobrar de mi sociedad: dividendos como socio

Otra opción es recibir dinero a través del pago de dividendos, que son la parte proporcional de los beneficios que la sociedad reparte. Los dividendos tributan como rentas del ahorro en la declaración de IRPF y están sujetos a retenciones.

Limitaciones y recomendaciones:

  • Evita repartir dividendos si la sociedad no tiene beneficios reales para no incurrir en problemas fiscales.
  • Solo se pueden repartir dividendos si existen beneficios distribuidos después de cubrir reservas legales y estatutarias.

Reparto de dividendos en una Sociedad Limitada (SL) en España

En una SL, los socios tienen participaciones y, por norma general, los dividendos se reparten en proporción al número de participaciones que cada socio posea. Esto significa que cada socio recibe dividendos según su porcentaje de participación en el capital social.

A diferencia de las sociedades anónimas, en una SL no existen diferentes tipos de participaciones con derechos económicos distintos, salvo que los estatutos lo prevean expresamente, aunque esto es poco común.

¿Puede un socio cobrar dividendos y otros no?

En principio, todos los socios con participaciones tienen derecho a recibir dividendos proporcionalmente a su participación si se acuerda repartir beneficios.

Para que un socio no cobre dividendos, tendría que:

  • No participar en el reparto, es decir renunciar a él expresamente.
  • No tener participaciones en la sociedad (lo que en una SL implica no ser socio).
  • O que en los estatutos sociales esté previsto un sistema especial de reparto, algo raro y que debe estar muy bien justificado y registrado.

En resumen, en una SL, no es habitual ni sencillo que un socio cobre dividendos y otro no, salvo que haya acuerdo unánime o renuncias expresas. El reparto proporcional es la regla.

Cómo tributan los dividendos en España

En España, los dividendos tributan como rentas del ahorro dentro del IRPF, aplicándose un tipo impositivo progresivo que varía desde el 19% para los primeros 6.000 euros, hasta el 23% para importes superiores a 50.000 euros.

Además, los dividendos están sujetos a una retención en origen del 19% que actúa como pago anticipado del impuesto. Esta tributación se aplica a los dividendos recibidos tanto de sociedades nacionales como, con ciertos matices, de sociedades extranjeras, pudiendo existir mecanismos para evitar la doble imposición.

En resumen debes tener en cuenta:

  • Como socio, puedes cobrar parte de los beneficios en forma de dividendos.
  • Los dividendos están sujetos a retención fiscal y tributan en la base del ahorro de IRPF.
  • Limitación: solo puedes repartir dividendos si hay beneficios y después de cubrir reservas legales y estatutarias.
  • Precaución: evitar repartir dividendos si no hay beneficios reales para no incurrir en sanciones.

Cómo cobrar de mi sociedad: facturar mis servicios como autónomo

Si realizas servicios profesionales para tu propia sociedad, puedes facturar esas prestaciones. Es fundamental que estas facturas estén justificadas y que los servicios sean reales y necesarios.

Atención, ten en cuenta que:

  • Las operaciones deben estar justificadas y valoradas en términos de mercado, ya que Hacienda puede revisarlas para comprobar que no hay simulación.
  • Debes evitar la doble tributación combinando facturación, salarios y dividendos sin una planificación fiscal adecuada.

El autónomo societario en España

Para ser considerado autónomo societario, es necesario cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Tener al menos un 33 % del capital social y desarrollar una actividad laboral dentro de la empresa.
  • No tener participaciones, pero convivir con un socio que tenga al menos el 50 % del capital y trabaje en la sociedad.
  • Tener un 25 % de participación en la sociedad y ejercer funciones de dirección o gerencia.

En resumen debes tener en cuenta:

  • Puedes facturar a tu propia sociedad si prestas servicios profesionales o realizas ventas.
  • Esta factura debe tener justificación real (servicios reales, valor de mercado).
  • Limitación: Hacienda puede requerir comprobación de que las operaciones son reales y necesarias.
  • Precaución: evitar la doble tributación por cobro como factura y luego dividendos o salarios.

Cómo cobrar de mi sociedad: facturar mis servicios como autónomo

También se puede retirar dinero bajo la forma de préstamo o anticipo de la sociedad. Este mecanismo debe formalizarse correctamente para evitar que Hacienda lo considere una distribución encubierta de beneficios, lo que podría generar una tributación adicional.

Recomendaciones:

  • Formaliza el préstamo con contrato y condiciones claras.
  • Establece un interés si es necesario y un calendario de devolución.
  • Intereses a valor de mercado: Es recomendable aplicar un tipo de interés adecuado conforme al mercado para evitar que Hacienda lo considere un préstamo irregular.
  • Devolución efectiva: Debe existir un plan de devolución y cumplirse para demostrar que no se trata de una retirada disfrazada de dinero.
  • Registrar adecuadamente: Llevar una contabilidad clara y ordenada que refleje todos los movimientos.

Riesgos de la distribución encubierta de beneficios

  • Tributación adicional: Hacienda puede exigir que el importe retirado sin justificación se considere como un dividendo o rendimiento de capital mobiliario, tributando en el IRPF del socio y no como un préstamo, lo que puede incrementar tu carga fiscal.
  • Sanciones y recargos: Además de la tributación, pueden imponerte sanciones y recargos por no declarar correctamente estos movimientos.
  • Pérdida de deducción: La sociedad no podrá deducir como gasto esos importes si se consideran distribuciones encubiertas.
  • Inspección y revisión: Puede derivar en una inspección fiscal y la revisión de la contabilidad y operaciones entre socios y la sociedad.

Si tienes cualquier duda te recordamos que puedes hablar con cualquier de nuestro expertos.

Análisis realizado por vivireneuropa.eu por el equipo de redacción con la supervisión de nuestro equipo fiscal en España

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