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Diferencias entre el Régimen Forfettario y Ordinario

Redacción Italia | Vivir en Europa • nov 30, 2021

Vivir en Europa > Este artículo está redactado para los ciudadanos interesados en  ITALIA | Vivir y Trabajar en Italia.

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En este artículo encontrarás la siguiente información:

 

Contenido extra:

 

Fuentes:  Agenzia delle Entrate - Gobierno de Italia - INPS - CAF ACLI - unmadrilenoeneuropa.es - Autónomos en Europa

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Ser autónomo en Italia. Diferentes regímenes.

Una duda que surge cuando uno quiere emprender en Italia como autónomo, es saber el tipo de régimen que debes elegir. Es verdad, que dependiendo de tu codice ateco (índice de actividad), marcará en gran parte tu selección (artesanos, comerciantes, determinadas profesiones.)


Pero en muchos casos la persona no tiene que pertenecer a una cassa, o albo puede acceder al régimen general. Pues hoy te vamos a hablar de, independientemente de tu codice ateco, de los 2 grandes regímenes fiscales que hay en Italia para los autónomos. El régimen forfettario y el régimen ordinario. Veremos las principales diferencias entre cada uno.


Antes de empezar queremos recordarte que en la comunidad  vivireneuropa.eu trabajamos para buscar, contrastar y compartir toda la información que puedes necesitar para vivir en Italia. En nuestra web encontrarás más de 200 temas diferentes. 

Si después de leer el artículo tienes cualquier duda o quieres plantear tu caso particular, puedes ponerte en contacto con nuestros Helpers. Son expertos en diferentes materias, y plantear tu consulta. 


Recuerda que esta es sólo una de las decisiones que afectan a nuestros impuestos una vez que queremos abrir nuestra partita iva.


En la comunidad vivireneuropa.eu disponemos de un servicio de apertura de Partita IVA desde €49,90 Iva Incluido donde gestionaremos todo, haremos una reunión para conocer tus necesidades y te facilitaremos todas las tramitaciones para que tú te preocupes sólo de tu negocio. Puedes solicitar presupuesto sin ningún tipo de compromiso.   Todo el servicio se realiza online.

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En qué consiste el Régimen Forfettario.

Queremos recordar a todos que el Régimen Forfettario es una formula fiscal que permite la obtención de la Partita IVA (como el NIF español) con una serie de ventajas y simplificaciones notables, lo que provoca que sea la fórmula que te recomendamos para empezar si empiezas en el mercado italiano como autónomo ("libre profesional".)


Por supuesto no todo el mundo se puede acoger a este régimen, es más no a todo el mundo le puede resultar el más apropiado. La legislación italiana es muy compleja, hay que admitirlo, por lo que antes de empezar incluso para adherirte a este Régimen fiscal te recomendamos solicitar asesoramiento para explicar tus objetivos y herramientas.


¿Cuándo puedo acogerme al Régimen Forfettario 2021?


Todas aquellas personas físicas -ya que no es un Régimen jurídico, si quieres saber sobre tipos de sociedades consulta en este link- cuya facturación no sea superior a €65.000 durante un año (proporcional desde el inicio de la actividad.) Además:

 

  • Los Ciudadanos italianos.
  • Los Ciudadanos residentes en la Unión Europea que producen al menos el 75% de los ingresos en Italia.
  • Los Ciudadanos residentes en Islandia, Liechtenstein y Noruega que producen al menos el 75% de los ingresos en Italia.
  • Aquellas personas que en el pasado ejercicio no hayan facturado ingresos comerciales por importe superior a 65.000 euros.

 

Este tipo de Régimen tiene un tipo impositivo del 15% -que es sensiblemente inferior al 24% habitual de los impuestos de sociedades- pero que además los 5 primeros años el tipo es del 5%


Recuerda descargarte la Guía del Autónomo que hemos preparado para todos los usuarios de habla hispana. Comenzamos conociendo cuáles son las exclusiones a la Tarifa Plana para Autónomos para este 2021:


  • Si el año pasado pagaste en concepto de personal (colaboradores, empleados, ...) más de €20.000
  • Si se has recibido ingreso como trabajador asalariado, en adicional a la Partita IVA, por un importe superior a los €30.000 (Recuerda que éstos ingresos no pueden superar más del 50% de la facturación global incluyendo tu Partita IVA.)
  • Haber superado el año anterior los €65.000 de facturación.
  • Además de todas las exclusiones ya conocidas de los años anteriores (Conoce el detalle en nuestra guía para Autónomos.)


Si lo deseas puedes solicitar la Guía del Régimen Forfettario en español a través de este link de manera gratuita.


Conocer el régimen forfettario es importante, porque es el más limitado. Es decir, si no tienes acceso a él, tendrás que pasar obligatoriamente al régimen ordinario. Hemos hablad

Hemos hablado en profundidad sobre el forfettario en esta otra entrada.

Servicios al Ciudadano

Diferencias entre el Forfettario y el Ordinario.

A continuación vamos a ver las principales diferencias entre ambos regímenes. Ya te adelantamos que por lo general, el forfettario es una evolución simplificada y más económica del ordinario. Pero no siempre tiene que ser el que mejor se adapte a tus necesidades.

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Con el forfettario:


  • No todo el mundo puede acceder, tienes que facturar menos de €65.000
  • Estás exento de las declaraciones (trimestrales o mensuales) del IVA.
  • También estás exento de la facturación electrónica. Así como registros y libros contables.
  • Por contra los gastos van incluidos en el coeficiente de redditività. Existen si o si, aunque no hayan ocurrido, pero no puedes imputar más.


Con el ordinario:


  • Todo el mundo puede acceder a este régimen.
  • Tienes responsabilidad con las declaraciones del IVA (al no estar exento), la facturación electrónica, así como los registros contables.
  • Puedes imputar todos los gastos que la ley reconoce para el desempeño de tu actividad.


Es el punto más importante, si tienes grandes alquileres, maquinaria, o costes fijos notables para desempeñar tu actividad. El régimen ordinario puede que sea el que más te convenga.

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A nivel de impuestos y compatibilidad con las ventajas fiscales debes tener en cuenta estos datos.


Con el forfettario:


  • Los impuestos son del 5% los 5 primeros años. Siempre que cumplas las condiciones del mismo.
  • A partir del 5º año serán del 15%
  • No es compatible con los beneficios o ventajas fiscales para extranjeros o repatriados.


Con el ordinario:


  • Existe un escalado desde el 23% al 43%.
  • Es compatible con los beneficios o ventajas fiscales para extranjeros o repatriados.


Te aconsejamos en todo momento que realices una simulación fiscal o consultes con nuestros Helpers qué es lo que más te puede convenir.

Estamos para ayudarte.

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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers. Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.  La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.

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