ingreso minimo vital
Servicio de Alto Valor Añadido Agente Autorizado ante la Administración
Compromiso de devolución Si no podemos realizar el servicio
Compromiso de devolución Si no se adapta a tus necesidades
100% Online Con un gestor asociado en todo el proceso

Guía práctica ingreso mínimo vital: solicítalo 100% online y sin pelearte con la Seguridad Social

89,00
Este es un Servicio de Alto Valor Añadido analizaremos tu solicitud y nos encargaremos del 100% del proceso de solicitud del IMV
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Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España: Guía Sencilla para Solicitarlo

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica de la Seguridad Social española para personas o familias en riesgo de pobreza que no superan un umbral mínimo de ingresos. Esta prestación garantiza un nivel básico de renta anual, ajustado al tamaño de la unidad familiar, y busca combatir la exclusión social

¿Qué es exactamente el IMV?

Esta prestación cubre a hogares vulnerables con ingresos inferiores a la renta garantizada (por ejemplo, 658 euros mensuales para una persona sola en 2025). Se calcula restando los ingresos reales de ese umbral y se paga directamente en la cuenta bancaria. Incluye complementos extra para menores, discapacitados o familias monoparentales.

Contratas con garantía. Si lo que contratas no se adapta a tus necesidades, te reembolsamos el dinero. Sin letra pequeña. Y antes de presentar nada revisamos si te aplica: si no cumples los requisitos, te lo decimos y no seguimos adelante.

Esta guía práctica ingreso mínimo vital no es un artículo más: es el servicio con el que solicitamos por ti el IMV ante la Seguridad Social. El ingreso mínimo vital es la prestación que garantiza una renta mínima a las personas y familias que no llegan a un umbral de ingresos, y es también uno de los trámites que más se deniegan en España por errores de forma: un dato mal puesto, una unidad de convivencia mal declarada o un documento que falta. Nosotros lo hacemos por ti: somos agentes autorizados, trabajamos 100% online y te asignamos un gestor asociado que habla tu idioma de principio a fin.

Activa tu servicio: 89 €, precio cerrado

Solicitud completa del IMV — 89,00 €. Un pago único, sin cuotas. Incluye:

  • Estudio previo de tu caso antes de presentar nada. Miramos tu residencia, tu edad, tu unidad de convivencia, tus ingresos del año anterior y tu patrimonio. Si no te aplica, te lo decimos ahí, no seis meses después.
  • Cálculo de la cuantía que te correspondería, con los complementos que puedan sumarse a tu caso (infancia, monoparentalidad, discapacidad).
  • Preparación y presentación de la solicitud ante el INSS, con la documentación ordenada y la unidad de convivencia bien definida. Es exactamente donde se cae la mayoría de expedientes.
  • Seguimiento del expediente hasta la resolución, con avisos en tu panel personal del Club.
  • Tu gestor asociado, disponible por chat durante todo el proceso.

Extras opcionales

  • Análisis fiscal completo — +59 €. Revisamos tu situación con Hacienda: qué rentas te computan, cómo afecta el IMV a tu declaración y qué otras ayudas o deducciones te puedes estar dejando. Recomendado si tienes ingresos irregulares, trabajas por temporadas o vienes de otro país. Cobrar el IMV te obliga a declarar la renta todos los años, así que este análisis casi siempre se acaba necesitando.
  • Certificado digital — +29 €. Tramitamos tu certificado digital. Sin él no puedes firmar nada por tu cuenta ante la Seguridad Social ni ante la AEAT, ni consultar el estado de tu expediente, ni recibir notificaciones. Si no lo tienes, es la mejor inversión de esta página.

Empezar es sencillo y el riesgo lo asumimos nosotros: si tras revisar tu caso vemos que no cumples los requisitos, te devolvemos el dinero.


Qué es el ingreso mínimo vital y cuándo te aplica

El ingreso mínimo vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social. No hace falta haber cotizado: se concede por situación de vulnerabilidad económica, y complementa lo que ya ingresas hasta llegar a una renta garantizada que depende de cuántas personas viváis en casa.

Para que te lo concedan tienes que cumplir todo esto a la vez:

  • Residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos el año anterior a la solicitud. Hay excepciones para víctimas de trata y de violencia de género, y para menores incorporados por nacimiento o adopción. Si estás regularizando tu situación, mira antes el certificado de registro en España o tu NIE.
  • Estar empadronado y poder acreditarlo.
  • Vulnerabilidad económica: tus ingresos del año anterior deben quedar al menos 10 € al mes por debajo de la cuantía garantizada que te corresponda.
  • Patrimonio por debajo del límite: 26.409,60 € para una persona sola en 2026, escalado según los miembros de la unidad. La vivienda habitual no cuenta.
  • Edad: desde los 23 años para el beneficiario individual, o desde los 18 si tienes menores a cargo. También pueden acceder mayores de 65 que no cobren pensión.
  • Vida independiente: si tienes entre 23 y 29 años, tienes que acreditar domicilio distinto al de tus padres durante los dos años anteriores y 12 meses de alta en la Seguridad Social.
  • Unidad de convivencia constituida desde hace al menos 6 meses, si solicitas como familia.

¿Te suena que cumples pero no lo tienes claro? Es lo normal: la parte que más falla no son los ingresos, sino cómo se define la unidad de convivencia. Dos personas empadronadas en el mismo piso sin ser familia no son lo mismo que una pareja con hijos, y la cuantía cambia por completo. Eso es lo primero que revisamos.

Por qué no conviene esperar para pedir el ingreso mínimo vital

  • El IMV no se cobra hacia atrás. Los efectos económicos empiezan el primer día del mes siguiente al de tu solicitud. Cada mes que lo dejas es un mes que no vas a recuperar nunca: con la cuantía individual de 2026, retrasarlo tres meses son más de 2.200 € perdidos.
  • La resolución tarda hasta 6 meses. Presentar hoy no significa cobrar mañana. El reloj empieza cuando entra la solicitud, no cuando te decides.
  • Una denegación te cuesta el doble. Si te la deniegan por un fallo de forma, tienes que reclamar y volver a empezar, y los efectos económicos se recolocan en la nueva fecha. Presentar bien a la primera es, literalmente, dinero.
  • Los ingresos que se miran son los del año anterior. Si tu situación empeoró el año pasado, ese es el año que te da derecho. Esperar puede hacer que el ejercicio de referencia cambie y te deje fuera.

Documentación que necesitamos de ti

Todo se sube a tu panel personal del Club, sin correos perdidos ni papeles por WhatsApp:

  • DNI, NIE o pasaporte en vigor de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico (lo pide el INSS, y es el documento que más se olvida).
  • Libro de familia o certificados de nacimiento de los menores.
  • Certificado de matrimonio o de pareja de hecho, si procede.
  • Justificantes de ingresos del año anterior: nóminas, prestaciones, pensiones, ayudas autonómicas.
  • Certificado de la vida laboral, si lo tienes a mano. Si no, lo pedimos: guía vida laboral en España.
  • Datos bancarios de la cuenta donde quieres cobrar (debes ser titular).
  • Documentación de discapacidad, monoparentalidad, violencia de género o trata, si aplica a tu caso: activan complementos o excepciones.

¿No tienes algún documento a mano? No pasa nada: tu gestor asociado te dirá exactamente dónde conseguirlo.

Tasas oficiales, cuantías y plazos del IMV

Aquí somos claros, porque es lo que separa una tasa de unos honorarios:

  • Tasa oficial: 0 €. Solicitar el ingreso mínimo vital no cuesta nada. La Seguridad Social no cobra por tramitarlo. Lo que pagas son nuestros honorarios de gestión (89 €), no un impuesto.
  • Plazo de resolución: 6 meses desde la entrada de la solicitud. Si el INSS no contesta, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque después dicte resolución expresa.
  • Efectos económicos: desde el primer día del mes siguiente a la solicitud.
  • Reclamación: si te lo deniegan, tienes 30 días para presentar reclamación administrativa previa antes de ir a los juzgados.
  • Revisión anual: la cuantía se actualiza cada 1 de enero con los ingresos del año anterior.

Cuantías mensuales garantizadas en 2026 (el IMV subió un 11,4%):

Unidad de convivencia Renta garantizada / mes
1 adulto solo 733,60 € (8.803,20 €/año)
2 miembros 953,68 €
3 miembros 1.173,76 €
4 miembros 1.393,84 €
5 o más miembros 1.613,92 € (tope del 220%)

A eso se suman, si te corresponden:

  • Complemento de monoparentalidad: +161,39 €/mes.
  • Beneficiario individual con discapacidad ≥65%: 894,79 €/mes.
  • Complemento de ayuda a la infancia: 115 €/mes por menor de 3 años, 80,50 € de 3 a 6 y 57,50 € de 6 a 18.

Lo que cobras es la diferencia entre esa renta garantizada y lo que ya ingresas, no la cifra completa. Puedes comprobar las cifras oficiales en la Seguridad Social y hacer una primera estimación en el simulador oficial del IMV. Y si quieres echar números de tu situación completa, tienes nuestras calculadoras fiscales para Europa.

Cómo funciona el servicio, paso a paso (sin sorpresas), para tu guía práctica ingreso mínimo vital

  1. Activas el servicio en esta página por 89 €. En cuanto lo haces recibes el correo de bienvenida al Club VIVIR EN EUROPA con el acceso a tu panel personal, donde vive todo el expediente.
  2. Rellenas un formulario corto y subes tu documentación al panel: quiénes vivís en casa, desde cuándo, qué ingresasteis el año pasado y qué patrimonio hay. Sin adornos: los datos reales son los que sostienen el expediente.
  3. Tu gestor asociado estudia si te aplica y calcula tu cuantía. Define la unidad de convivencia correcta, comprueba los requisitos uno a uno y te dice cuánto te correspondería. Si no cumples, te lo decimos aquí y te devolvemos el dinero.
  4. Presentamos la solicitud ante el INSS con toda la documentación y hacemos el seguimiento. Tú lo ves avanzar en tu panel, sin tener que llamar a nadie.
  5. Recibes la resolución explicada en español. Si es favorable, te decimos cuándo cobras, cuánto y qué obligaciones asumes. Si es desfavorable, te decimos por qué y si merece la pena reclamar en plazo.

Durante todo el proceso tienes un gestor asociado a tu lado. Si algo no está claro, nos preguntas por chat y te respondemos. Tasa de respuesta del 100%.

Recuerda que solicitar el ingreso mínimo vital con VIVIR EN EUROPA significa:

  • Atención en español, de principio a fin. Nada de formularios que hay que descifrar ni de teléfonos del INSS que no descuelgan.
  • Sin intermediarios externos. Más de 90 profesionales directos en Europa y agentes autorizados: tu expediente no se subcontrata a nadie.
  • Estudio de viabilidad antes de presentar. Somos de los pocos que te dicen «esto no te aplica» antes de cobrar la gestión. Una denegación cuesta meses de prestación, y eso vale mucho más que 89 €.
  • Contratas con garantía: si lo que contratas no se adapta a tus necesidades, te reembolsamos el dinero. Sin letra pequeña.

Tu tranquilidad está incluida: incluye gratis un seguro fiscal que te protege

Todos los miembros del Club cuentan, sin coste adicional, con un seguro que cubre las sanciones e intereses que pudiera causar un error nuestro con la solicitud del ingreso mínimo vital. Trabajamos para que nunca haga falta — pero si pasa, respondemos nosotros, no tú.

Preguntas frecuentes sobre el ingreso mínimo vital

¿Cuánto tarda en resolverse? El INSS tiene un plazo máximo de 6 meses desde que entra la solicitud. Si pasan y no contestan, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque luego dicten resolución expresa. Por eso insistimos tanto en presentar bien a la primera: una denegación no son seis meses de espera, son doce.

¿Y si al final no me aplica? Te lo decimos antes de presentar, en el estudio de viabilidad, y te reembolsamos el dinero. Preferimos perder una venta a meterte en un expediente que ya sabemos que se va a caer. Si tu caso es límite, te explicamos exactamente qué falta y cuándo podrías volver a intentarlo.

Puedo solicitarlo yo gratis. ¿Por qué pagaros 89 €? Porque es verdad y preferimos decírtelo: la Seguridad Social no cobra tasa. Lo que compras es que salga a la primera. El IMV es la prestación con más denegaciones por defectos de forma del sistema español, y cada denegación te cuesta meses de prestación que no se recuperan hacia atrás. Si tienes certificado digital, tu unidad de convivencia es sencilla y te manejas con la sede electrónica, hazlo tú: te lo decimos igual.

¿Puedo trabajar y cobrar el IMV a la vez? Sí. El IMV está diseñado como complemento: cubre la diferencia entre lo que ingresas y la renta garantizada. Además existen incentivos al empleo para que aceptar un trabajo no te haga perder la prestación de golpe. Si vas a empezar a trabajar, avísanos: cambia la cuantía y hay que comunicarlo.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta si cobro el IMV? Sí, y es la obligación que más gente descubre tarde. Según la Agencia Tributaria, los beneficiarios del IMV están obligados a presentar la declaración del IRPF con independencia de la cuantía de sus ingresos — y también los menores de la unidad de convivencia, en declaración individual o conjunta. El IMV en sí está exento salvo que el conjunto de ayudas supere los 12.600 € anuales. No presentarla puede poner en riesgo la prestación. Te la hacemos aquí: declaración de la renta en España.

Vivo en un piso compartido con gente que no es mi familia. ¿Cómo se cuenta? Se cuenta distinto, y es donde más expedientes se tuercen. Convivir en el mismo domicilio no crea automáticamente una unidad de convivencia: hacen falta vínculos concretos (matrimonio, pareja de hecho, parentesco hasta segundo grado). Existe además la figura del solicitante individual que comparte vivienda. Tu gestor asociado define tu caso antes de presentar nada.

No tengo certificado digital ni Cl@ve. ¿Podéis igual? Sí. El IMV admite vías de solicitud sin certificado, y nosotros presentamos por ti de todas formas. Ahora bien, si vas a vivir en España, tarde o temprano lo necesitarás: por eso lo tienes como extra por +29 € en esta misma página.

Me lo han denegado. ¿Podéis ayudarme? Sí, pero corre: tienes 30 días desde la notificación para presentar la reclamación administrativa previa. Escríbenos con la resolución en la mano; si el motivo es subsanable, lo vemos. Si el caso tiene además aristas legales o fiscales, lo derivamos a la consulta fiscal en España.

¿Y si me mudo a otro país europeo? El IMV se extingue: es una prestación ligada a la residencia efectiva en España. Antes de moverte, revisa tu situación en la asesoría en España y mira qué te corresponde en el país de destino en Seguridad Social en Europa.

¿Qué debo contratar? Guía rápida según tu trámite

  • Quiero solicitar el IMV y creo que cumplo los requisitos → Este servicio: guía práctica ingreso mínimo vital, 89 €. Incluye el estudio de viabilidad.
  • Quiero solicitarlo y no tengo certificado digital → Este servicio + certificado digital (+29 €). Es la combinación más contratada, y la que menos problemas da después.
  • Cobro el IMV y me toca declararDeclaración de la renta en España. Es obligatoria para todos los beneficiarios, cobren lo que cobren.
  • No lo contrates si… ya te han concedido el IMV y solo quieres comunicar un cambio menor (una cuenta bancaria, un domicilio). Eso lo haces tú en la sede electrónica en cinco minutos y no pagues nada. Escríbenos por chat y te decimos dónde: no te vamos a vender una gestión que no necesitas.
  • Caso especial: tengo ingresos de otro país, pensión extranjera o acabo de llegar a España → Antes de presentar, pasa por la consulta fiscal en España. Las rentas del extranjero computan y declararlas mal es la vía rápida a una denegación o a una devolución del cobro. Todo el catálogo del país está en la asesoría en España.

Y recuerda: si lo que contratas no se adapta a tus necesidades, te reembolsamos el dinero. Sin letra pequeña.

Vivir en Europa en cifras

  • +14.453 miembros del Club VIVIR EN EUROPA hasta mayo 2026
  • +180.000 modelos presentados en toda Europa
  • +90 profesionales directos en Europa
  • 5 valoración máxima en Google (también en diferentes plataformas de valoración)
  • 98,21% tasa de fidelidad: clientes que repiten servicio cada año (abandono 2025: 1,79%)
  • +14 países con cobertura fiscal en Europa