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Modelo 720: Qué es y cómo cumplimentarlo

Vivir en Europa | Redacción España • ene 01, 2024

En este artículo encontrarás la siguiente información:



Las fuentes y la información es algo que nos tomamos muy en serio en nuestra comunidad. Por eso antes de profundizar en materia, te dejamos las fuentes en las que se ha basado el equipo de redacción para completar este artículo.


Fuentes:  AEAT - Forma Italia -  Gobierno de España - Agencia Tributaria - unmadrilenoeneuropa.es -

Declaración informativa Modelo 720 Online

Qué es el modelo 720.

Dentro de todo el proceso de la Declaración de la Renta en España. Tanto para los residentes y nuevos residentes en España, hay un modelo que es de obligado cumplimiento. Por eso hoy te hablamos del modelo 720 en España. Qué es. Para qué sirve. Quién debe realizarlo.


Qué es el modelo 720 que exige la Agencia Tributaria.


El Modelo 720, es una declaración informativa anual que todo aquel contribuyente que tenga bienes o derechos situados en el extranjero ha de presentar ante la AEAT.


El Modelo 720, que se aprobó en la Orden HAP/72/2013 del 30 de enero, es una declaración informativa anual que todo aquel contribuyente que tenga bienes o derechos situados en el extranjero ha de presentar ante la AEAT.


Que este documento tan solo tenga validez informativa no implica que no sea de obligada presentación. Al ser de carácter informativo, no conlleva desembolso económico. Su función es declarar aquellos bienes y derechos de contenido económico ubicados o gestionados en el extranjero. Es decir, las cuentas, bienes inmuebles, seguros, rentas, valores… localizados fuera de nuestras fronteras, de los que hayas sido titular durante el 2024.

A continuación te vamos a explicar cómo y cuando debes presentar el modelo 720, así como las preguntas frecuentas acerca del mismo.


Es importante tener en cuenta que la declaración de bienes en el extranjero a través del Modelo 720 no implica necesariamente el pago de impuestos adicionales, pero sí es una obligación legal importante para los residentes fiscales en España. Sin embargo, el incumplimiento o la presentación inexacta de esta declaración puede resultar en sanciones financieras significativas por parte de la Agencia Tributaria.

Modelo 720 Online

Cómo funciona el Modelo 720: Preguntas Frecuentes

Son varias las preguntas que surgen cuando necesitas cumplimentar y presentar tu modelo 720 en España. A continuación te vamos a indicar cómo rellenar este modelo ante la AEAT, además de cuándo, quién y cómo descargar el modelo 720 para que lo puedas presentar.


Cómo rellenar el Modelo 720

El modelo 720 deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet. No obstante, existe a disposición de todas aquellas personas o entidades que deban presentar el modelo 720, un programa de ayuda con el objeto de facilitar tanto la obtención de los ficheros como su adecuada transmisión y que, al mismo tiempo, facilita su correcta cumplimentación.


Para realizar el modelo 720 de la AEAT, debes ofrecer a la Administración tributaria, salvo en determinados supuestos o exoneraciones, la siguiente información:


  • Cuentas que se tengan en el extranjero abiertas en entidades bancarias o crediticias de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.
  • Valores o derechos representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios,
  • Acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva, de los que sean titulares y se encuentren depositados o situados en el extranjero.
  • Seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores.
  • Rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, inmuebles o bienes muebles, contratados con entidades situadas en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos de los que sea titular y se encuentren situados en el extranjero. Estas obligaciones se extienden a los titulares reales de acuerdo con el art.4.2 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.


Es necesario apuntar que este modelo ampara algunas excepciones como las joyas, el oro o los vehículos. Contempla una lista de bienes extranjeros a declarar que podría resumirse en los siguientes puntos:


  • Acciones y semejantes.
  • Bonos y préstamos.
  • Cuentas bancarias fuera de las fronteras de España.
  • Sociedades y fondos de inversión.
  • Seguros de vida o invalidez
  • Propiedad, usufructo, multipropiedad y similares.


Cuándo hay que presentar el modelo 720


El plazo para la presentación de este modelo, entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que estés declarando a Hacienda. Y hay que tener en cuenta que no puede presentarse de forma física en una oficina o en una entidad colaboradora, solo puede presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica.


Quien tiene la obligación de presentar el modelo 720

El modelo 720  es muy genérico y abarca a diferentes formas jurídicas y personas físicas.


Es de obligada presentación para todas los residentes españoles, ya sean personas físicas o jurídicas, los establecimientos con presencia en este mismo territorio pertenecientes a entidades no residentes en España y las entidades en atribución de rentas que tengan titularidad o autorización en cuentas en el extranjero con un saldo mayor a 50.000 euros.


Todas las personas físicas (como los autónomos o particulares), jurídicas (como las pymes), comunidades de bienes y sociedades civiles que tengan la titularidad de derechos sobre:


  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Valores (acciones, fondos de inversión…), derechos, seguros y rentas depositadas, gestionados u obtenidos en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
  • También los titulares jurídicos y los titulares reales con un control de más del 25% de los activos mencionados por medio de entidades físicas o jurídicas.


Este modelo 720, también es obligatorio para extranjeros residentes en España que posean más del 1% de una o diversas cuentas extranjeras con un saldo que supere los 50.000 euros. Igualmente, todos aquellos que posean una parte de un inmueble que supere la misma cantidad monetaria.


Esta obligado al Modelo 720 si es autorizado o si es el titular “real” de esas cuentas, valores o bienes a 31 de diciembre del año 2024, aunque no sea el titular nominal. De la misma manera también si se ha presentado en años anteriores y en el año 2023 el valor del conjunto se incrementa en más de 20.000 € respecto de la última declaración.


Por último, ha tener en cuenta que si ya no se es titular de alguno de esos bienes y derechos pero se ha declarado con anterioridad, si esta obligado para que quede constancia de esta alteración.


Cómo descargar el modelo 720


El modelo 720 de la Agencia Tributaria española deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet. Si es la primera vez que lo realizas o tienes modificaciones, te recomendamos que contactes con nuestros gestores para su tramitación.

Modelo 720 Online

Modelo 720: Sanciones por incumplimiento

No presentar el modelo 720 o presentarlo de forma incompleta, incorrecta o con datos falsos se considera una infracción tributaria. Y, por lo tanto, se verá acompañada de una sanción.


Esta multa puede ser de tres tipos diferentes:


  • Si existe una obligación de presentar el Modelo 720 de Hacienda pero, sin embargo, este no se formaliza, la multa está fijada en 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos que debería haberse declarado pero no se ha aportado. Siendo el mínimo en esta multa de 10.000 euros por cada uno de los tres conjuntos de bienes y derechos establecidos en el 720.

  • Si el Modelo 720 de la AEAT sí que se ha presentado, pero ha sido formalizado fuera de plazo, la sanción, en este caso, será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos que se presente, con un mínimo de 1.500 euros.


  • Igualmente se sancionará la presentación de la declaración por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos.

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