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Modelo 7P

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Modelo 7P. No Residentes

Colaborador oficial de la Agencia Tributaria cumpliendo con todas las normativas de la legislación fiscal.

Qué es el modelo 7P

La exención 7P o también conocida como el modelo 7P nace como consecuencia de la internacionalización de las empresas españolas, cada vez es más habitual que los empleados de dichas compañías se desplacen frecuentemente fuera de España para desarrollar su trabajo y, en consecuencia, soliciten la aplicación de la exención por trabajos prestados en el extranjero, también conocida como “el 7p” por estar recogida precisamente en el citado artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


Por lo que debes saber que, si te has desplazado al extranjero por trabajo en los últimos 5 años, es muy probable que la declaración de la renta que presentaste en su momento no fuera correcta y que tengas derecho a que la Agencia Tributaria te haga una devolución económica por los impuestos aplicados incorrectamente a tu salario.


Técnicamente lo más interesante de cómo afecta en el IRPF el 7P es:


Esta figura fiscal es una ventaja fiscal muy importante donde, los trabajadores en el extranjero estarán exentos de tributar a su IRPF hasta 60.100 euros anuales. Por eso, si tu empresa se plantea abrir negocio en el extranjero y quieres desplazar algunos empleados durante unos días, es importante que conozcas estos incentivos. Además, son exenciones que no supondrán un coste adicional a tu empresa.

Quién puede acogerse a la exención 7p

Las personas que quieran acogerse a esta ventaja fiscal del modelo 7p en su IRPF, deben cumplir una serie de requisitos. Recuerda que nosotros te hacemos una valoración gratuita y sin compromiso de tu situación, en caso de ser factible la aplicación de la exención del modelo 7P podrás contratar el servicio.


  • En el país de destino donde vas a trabajar, ha de existir un impuesto análogo al IRPF español (y que no se trate de un paraíso fiscal). Este requisito se entiende cumplido cuando exista convenio para evitar la doble imposición internacional entre España y el país en el que se realizan los trabajos.
  • El trabajador tiene que desplazarse al extranjero para realizar los trabajos.
  • El trabajador tiene que tributar por IRPF; es decir, como residente en España en el año del desplazamiento. Es importante que seas residente fiscal español y debas cumplir tus obligaciones del IRPF para aplicar el 7P.
  • Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero, con especial atención al supuesto de servicios entre entidades vinculadas.


Si cumples todos estos puntos, puedes solicitar acogerte a las ventajas fiscales que aplican con el modelo 7P.


Qué condiciones debe cumplir la empresa beneficiaria para aplicar el 7P


La empresa beneficiada por tus desplazamientos es aquella empresa que obtiene un beneficio directo por tu trabajo cuando te desplazas al extranjero. En otras palabras, si no fueses tú la persona que se desplaza al extranjero a realizar estos trabajos, esta empresa podría contratar a otra persona para hacerlo, incluso un trabajador local.


Por ejemplo, te desplazas al extranjero a realizar una supervisión de unos trabajos de construcción en una obra, o a realizar unos trabajos de mantenimiento en una empresa o a impartir formación a los empleados de la empresa. En todos estos casos hay un beneficio directo para la empresa residente en el extranjero.


Sin embargo, si te desplazas al extranjero para realizar acciones comerciales, como pueden ser la supervisión de equipos de ventas, visitas a potenciales clientes, asistencias a ferias y eventos, la empresa beneficiada por estos desplazamientos es la empresa que paga tu nómina y reside en España, ya que se beneficia comercialmente por tus desplazamientos al extranjero, sin haber un beneficio directo para la empresa extranjera.


Incompatibilidad con el régimen de excesos en el 7P


Se trata de una exención, que es incompatible con el 7p y que se aplica al exceso sobre lo que normalmente cobraría el trabajador en caso de no haber sido desplazado fuera de España (incluyendo dietas en el extranjero).Como todo, tienen unos requisitos para poder aplicarse:


  1. Que el empleado mantenga la residencia fiscal en España.
  2. Debe existir un destino concreto en el extranjero con una voluntad de permanencia de al menos 9 meses y que suponga un cambio de centro de trabajo
  3. Debe aplicarse sobre las cantidades que constituyan un exceso sobre las retribuciones que percibiría en España.


Por tanto, si tu empresa ha aplicado el régimen de excesos no podremos solicitar el 7p ya que no son compatibles.

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Cómo presentar el modelo 7p de Hacienda

El 7P sigue cierto paralelismo en cuanto a los canales de presentación para aprovechar las ventajas fiscales en España:


  • Acudiendo presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria.  Recuerda que debes ir con toda la documentación.
  • A través del servicio de la AEAT. Igualmente deberás poder tener acceso a algún gestor que te pueda guiar y ayudar a revisar todas las compatibilidades del regimen 7P en el IRPF.
  • Puedes acudir a gestorías o gestores online autorizados por parte de la Agencia Tributaria, como nuestro caso. Toma todo el tiempo que sea necesario para realizar el estudio y viabilidad de tu modelo 7P.


La documentación que debes presentar para aplicar las ventajas del modelo 7P es la siguiente:


Es importante que tu empresa documente pormenorizadamente el desplazamiento objeto de exención en nómina. Por lo que para que no existan dudas antes las reclamaciones de la AEAT ante el modelo 7P debes guardar:

  • billetes de avión.
  • facturas de hoteles.
  • facturas al cliente extranjero por los trabajos realizados por los empleados desplazados.

En particular, si la empresa destinataria de los servicios está vinculada con la empresa empleadora del trabajador, se entiende cumplido el requisito de que los trabajos se han realizado para la entidad no residente cuando pueda considerarse que se ha prestado un servicio intragrupo a la entidad no residente porque el citado servicio produzca o pueda producir una ventaja o utilidad para la empresa destinataria. Este extremo debe de justificarlo la empresa empleadora.


Recuerda que te podemos ayudar a reclamar varios años.


La Agencia Tributaria permite reclamar la rectificación de las declaraciones de la renta de los últimos 4 años a contar desde la fecha de finalización de la campaña de la renta del año correspondiente.


Ten en cuenta que el plazo de los 4 años computa a partir del día siguiente al día en que finaliza el plazo para presentar la declaración (30 de junio), independientemente de la fecha real de presentación. Pongamos un ejemplo, si presentaste la declaración de la renta del año 2018 el 5 de mayo de 2019, el límite para poder reclamar por viajes realizados al extranjero en 2018 sería el 1 de julio de 2023.


Nuestros equipos están preparados para estas acciones, luego puedes combinar nuestro servicio de renta y reclamación del Modelo 7P


Reclamar el año 2022 en el Modelo 7P


Siempre recomendamos presentar la declaración de forma habitual cuando llegue la campaña de la Renta  sin incluir las rentas exentas por 7p, más aún si la declaración sale a devolver y, una vez presentada, empezar el procedimiento de rectificación. Todos los procesos los puedes realizar directamente con nosotros, el servicio de rentas y reclamación del Modelo 7P con nuestros colegas especializados.


Si se incluyeran las rentas exentas por el 7p en el momento de hacer la declaración de la renta, se corre el riesgo de que la Agencia Tributaria envíe un requerimiento a contestar en 10 días, solicitando la documentación que demuestre esta situación, plazo muy ajustado como para preparar una respuesta adecuada. No obstante si tienes toda la información completa, y lo deseas podemos aplicarlo en el mismo momento de la presentación de la declaración.

Tramita tu modelo 7p online con Vivir en Europa

Son ya varios centenares de casos del modelo 7P que hemos gestionado. Somos expertos en rentas internacionales, no sólo de España, si no de todos los países de la Unión Europea.


Por eso tramitar con nosotros tu modelo 7P está lleno de ventajas:


  • Tendrás un estudio gratuito de tu situación y potencial exoneración del pago de impuestos aplicando las ventajas fiscales,
  • Un servicio 100% online y sencillo, actual.
  • Tendrás un soporte y ayuda de expertos durante todo el proceso. Especialmente en la primera parte de preparación del dossier. Además nuestros gestores fiscales son expertos en rentas internacionales, pregunta sobre tu situación en cualquier país y siempre con un mismo interlocutor.
  • Garantía de devolución si contratas el servicio Reclamación 100% tranquila. En caso de cualquier rechazo por parte de Hacienda ante el 7P procederemos a devolverte el dinero.


No lo dudes y solicita tu valoración gratuita sin ningún tipo de compromiso. Estamos para ayudarte.

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Un gestor te dará la bienvenida con una reunión de presentación, para realizar el estudio gratuito de tu exención 7P en el IRPF.

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Gracias a nuestra experiencia hemos diseñado y aplicado la tecnología para que de manera online y  sencilla puedas reclamar tu 7P.

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