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REDEME: Cómo beneficiarte de la devolución del IVA

Vivir en Europa | Redacción España • feb 05, 2024

En este artículo encontrarás la siguiente información:

 

  • Qué es el REDEME
  • Cuándo se puede solicitar el REDEME
  • Qué requisitos se necesitan para darse de alta en el REDEME
  • Plazos de suscripción del REDEME para empresas y autónomos
  • Qué obligaciones tiene el REDEME

 

Fuentes:  Gobierno de España - BOE de España - UPTA unmadrilenoeneuropa.es - Autónomos en Europa

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Qué es el REDEME

Si eres autónomo en España queremos hablarte del REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA).  Se trata de un régimen excepcional que te vamos a explicar a continuación y por el cual se te devuelve el IVA mensualmente en lugar de anualmente.


El sistema de devolución mensual del IVA, REDEME, te permite recuperar mensualmente el exceso de IVA al que hayas tenido que hacer frente en el desarrollo de tu actividad.


Es muy útil si estás empezando, tienes que hacer frente a fuertes inversiones o realizas una actividad que siempre implique un superávit de IVA soportado (por ejemplo: actividades económicas cuyo tipo de gravamen es inferior en el repercutido o si todo lo que facturas es al extranjero). El acrónimo corresponde al Régimen de Devolución Mensual del IVA. 


Aquí está la clave de este régimen y es que ya no hay que esperar si lo deseas al cierre del trimestre para recibir la devolución del IVA pagado en cada factura sino que puedes solicitarlo mensualmente sea cual sea el volumen de tu negocio.


Los contribuyentes que se adhieren a REDEME pueden recuperar el IVA soportado en sus compras y gastos empresariales de forma más ágil, lo que puede mejorar significativamente la liquidez de sus negocios.

Para formar parte de REDEME, los contribuyentes deben cumplir ciertos requisitos y obligaciones, como llevar registros contables actualizados, presentar declaraciones de IVA mensuales dentro de los plazos establecidos y emitir y recibir facturas electrónicas.


Estas son algunas ventajas que nuestros expertos destacan sobre REDEME:


  • Mayor solvencia en el corto plazo al tener una gestión continua mensual: con la devolución mensual del IVA se recupera dinero mes a mes, lo que permite un control financiero actualizado frente a la devolución común cada 12 meses. 
  • Presupuestos más precisos al conocer con exactitud la gestión del IVA: como sabes exactamente cuánto vas a recuperar cada mes, es más fácil presupuestar otros gastos.
  • Permite inversiones mayores en el comienzo de tu actividad


Además el sistema REDEME te obliga a permanecer en él al menos un año y no todos los autónomos y empresarios podéis decantaros por él. Te explicamos todo a continuación.

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Cuándo se puede solicitar el REDEME

Si tu compañía importa o exporta, puede resultar muy interesante acogerse al REDEME. Ya que, como las exportaciones están exentas de IVA, el importe del IVA soportado será mucho mayor que el del IVA repercutido. 


Este es un claro ejemplo en el que es recomendable pasar de una declaración del IVA trimestral a una mensual.


Otro ejemplo podría ser, las obras de rehabilitación y construcción para otras empresas no repercuten IVA. 

Si estas obras son para la Administración Pública o para particulares, si repercutirían IVA.


En cualquier caso, y a modo de resumen, si en tu compañía el IVA soportado es superior al IVA repercutido es aconsejable acogerse al registro de declaración del IVA mensual, ya que no tendrás que esperar a la declaración anual para solicitar la devolución del impuesto.


Al contrario de lo que ocurre con la devolución de IVA habitualmente, que se afronta una vez terminado el ejercicio fiscal, el REDEME permite ir declarando el Impuesto sobre el Valor Añadido mes a mes. Esto hace que tengas del día 1 al 30 del mes posterior al de facturación para declarar el IVA, y que su devolución, por tanto, no se produzca hasta el mes siguiente.

Qué requisitos se necesitan para darse de alta en el REDEME

Debes tener en cuenta estos requisitos para poder inscribirte en el programa de la AEAT REDEME:

  • No puedes tributar en el régimen simplificado del IVA a menos que transportes viajeros o mercancías por carretera
  • Debes emitir tus facturas sin el IVA, es decir, con inversión del sujeto pasivo
  • No deber nada a Hacienda. Es decir, estar al corriente de todas tus obligaciones fiscales y tributarias (ya sabes, si debes algo, no hay devoluciones posibles)
  • No puedes tener la baja cautelar en el registro de devolución mensual ni que te revoquen el número de identificación fiscal
  • No debes haber sido excluido del REDEME en los tres años anteriores a la petición del ingreso


Si eres transportista de viajeros o mercancías por carretera puedes solicitar la devolución de las cuotas deducibles de tu medio de transporte (vehículo).

Cómo funciona el IVA en la UE

Plazos de suscripción del REDEME para empresas y autónomos

Para darte de alta, la solicitud de inscripción la tendrás que presentar en noviembre:


Las solicitudes efectuadas en noviembre de 2023 por ejemplo, tendrán efecto el día 1 de enero del año siguiente, es decir, de 2024

Una vez que te das de alta en REDEME estás obligado a estar en el mismo durante, mínimo, un año. No es algo que se pueda cambiar cada mes o según nos interesa.


Para inscribirte en el REDEME solo necesitas seguir estos dos pasos:


  1. Modelo 036, presentar en Hacienda el modelo 036 para la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  2. Presentar en Hacienda el modelo 039 que será de efectos para la declaración de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el impuesto sobre el IVA.

Qué obligaciones tiene el REDEME

Los principales requisitos y obligaciones para los autónomos inscritos en REDEME incluyen:


  1. Registro obligatorio: Los autónomos interesados en acogerse a este régimen deben inscribirse en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
  2. Facturación electrónica: Deben emitir y recibir facturas de forma electrónica, ya que este sistema está diseñado para agilizar el proceso de devolución del IVA.
  3. Plazos de presentación: Los autónomos inscritos en REDEME deben presentar las declaraciones mensuales de IVA dentro de los plazos establecidos por la Administración Tributaria.
  4. Cumplimiento de requisitos: Los autónomos deben cumplir con todos los requisitos establecidos por la normativa fiscal española para poder acogerse al régimen REDEME.
  5. Mantenimiento de registros contables: Es importante llevar un registro detallado y actualizado de todas las operaciones económicas y contables realizadas, ya que la Administración
  6. Regularización de impuestos: Los autónomos inscritos en REDEME deben regularizar cualquier discrepancia que surja entre las declaraciones de IVA presentadas y la información proporcionada por sus proveedores o clientes.


También es importante que conozcas sobre REDEME:


  • Podrás solicitar la baja del REDEME en el mes de noviembre del año anterior en el que deba surtir efectos la misma. Y no podrás volver a pedir de nuevo el alta en el mismo año natural para el que hubieras solicitado la baja. Es decir, si en noviembre de 2017 solicitaste la baja para el año 2018, no podrás volver a solicitar la inscripción en noviembre de 2018 para que surta efectos en el 2019.
  • Puedes ser excluido de este régimen de devolución mensual del IVA cuando incumplas alguno de los requisitos exigidos para tu inclusión en el mismo o cuando quede demostrada la inexactitud o falsedad de la información censal facilitada a la Administración para ingresar.
  • Recuerda que esta exclusión supone la inadmisión de solicitudes en el REDEME durante los 3 años siguientes a la fecha de la notificación de la misma.


No olvides contactar con nuestros gestores, para esta o cualquier novedad que necesites.

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