Prima de Impatriados en Francia 2026 | Solicítala 100% Online
Solicitar Prima Impatriados Francia
Si has llegado (o vas a llegar) a Francia para trabajar, el régimen de impatriados te permite dejar exento de impuestos hasta el 30% de tu salario durante un máximo de 8 años. Nuestros fiscalistas expertos en Francia analizan tu caso, calculan tu ahorro y gestionan la solicitud por ti. 100% online. 100% en español.
¿Qué ventajas fiscales obtienes con el régimen de impatriados?
El régimen de impatriados (artículo 155 B del Código General de Impuestos francés) es el mayor incentivo fiscal para quienes se mudan a Francia por trabajo. Estas son sus ventajas:
- Exención de la prima de impatriación: el importe real recogido en tu contrato o, si te conviene más, un 30% fijo de tu remuneración neta total.
- Exención del salario por días trabajados fuera de Francia en interés de tu empresa (acumulable con la prima, con límite del 50% de la remuneración total o del 20% de esa parte).
- Exención del 50% de dividendos, intereses y plusvalías de fuente extranjera, si proceden de un país con convenio fiscal con Francia con cláusula de asistencia administrativa.
- Exención del 50% de determinados derechos de propiedad intelectual e industrial de fuente extranjera.
- Impuesto sobre el patrimonio inmobiliario (IFI): durante 5 años solo tributas por los inmuebles situados en Francia.
- Posible exención de cotizaciones de jubilación (básica y complementaria) ante la URSSAF. Somos centro autorizado para realizar gestiones en la URSSAF.
El régimen se aplica hasta el 31 de diciembre del octavo año siguiente a tu incorporación en la empresa en Francia.
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¿Puedes beneficiarte? Requisitos en 2026
Tras el análisis de nuestros expertos en fiscalidad francesa, estos son los requisitos que debes cumplir:
- No haber sido residente fiscal en Francia durante los 5 años civiles anteriores a tu incorporación.
- Ser contratado desde el extranjero: bien directamente por una empresa establecida en Francia, bien por movilidad dentro de tu grupo (traslado de la matriz extranjera a su filial francesa). También aplica a ciertos directivos asimilados a asalariados.
- Trasladar tu domicilio fiscal a Francia y ejercer allí tu actividad profesional principal.
- Que la prima figure en tu contrato (o avenant) antes de incorporarte, o bien optar por la evaluación a tanto alzado del 30%.
Importante: si viniste a Francia por iniciativa propia o ya residías allí al ser contratado, no puedes acceder al régimen. Y no cumplir las condiciones un año no te excluye de los años anteriores o posteriores en que sí las cumplas.
Normativa verificada en impots.gouv.fr y URSSAF. El régimen sigue plenamente vigente en 2026.
Cómo lo gestionamos: 3 pasos, 100% online
- Análisis de elegibilidad: un fiscalista experto en Francia revisa tu contrato y tu historial de residencia y confirma si tienes acceso.
- Cálculo de tu ahorro: comparamos prima real vs. 30% a tanto alzado y elegimos la opción más rentable para ti.
- Aplicación y declaración: preparamos la solicitud y aplicamos la exención en tu declaración (casillas 1DY/1EY del formulario 2042 C), con soporte ante cualquier requerimiento de la administración.
Si quieres, también hacemos tu declaración de la renta en Francia para que la exención quede bien aplicada desde el primer año.
¿Por qué gestionarlo con Vivir en Europa?
- Asesor en español que te guía durante todo el proceso, con chat directo.
- Proceso digital, rápido y 100% online. Sin desplazamientos.
- Expertos propios, sin externalizar: un fiscalista especializado en legislación francesa lleva tu caso de inicio a fin.
- Centro autorizado ante la administración francesa, con capacidad de gestión en la URSSAF.
- Especialistas en expatriados: convenios de doble imposición y regímenes especiales en toda Europa. Consulta el convenio España-Francia.
¿Tienes otra duda fiscal en Francia? Reserva una consulta fiscal en Francia o conoce nuestra asesoría en Francia para autónomos y particulares.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo ahorrar? Depende de tu salario y estructura de ingresos. Ejemplo: con 60.000 € brutos y la opción del 30%, hasta 18.000 € quedarían exentos de IRPF cada año. Calcula tu caso con el simulador.
¿Cuánto dura el régimen? Hasta el 31 de diciembre del octavo año siguiente a tu incorporación (si empezaste el 1 de enero de 2025, hasta el 31/12/2033). Se mantiene si cambias de puesto dentro de la misma empresa o grupo.
¿Ya presenté mi renta sin aplicar la exención? En muchos casos puede reclamarse. Cuéntanos tu situación en una consulta fiscal.
¿Sigue vigente en 2026? Sí. La Ley de Finanzas 2026 mantiene el régimen sin cambios estructurales.
Más información en nuestro vídeo sobre la Prima de Impatriados en YouTube.
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