Estás leyendo un caso real de una consulta recibida en el Club VIVIR EN EUROPA, analizado en detalle por nuestros expertos con base en la legislación fiscal actual de Francia, España y la UE, sobre cómo vivir en España y tener rendimentos en Francia.
Estos ejemplos auténticos, extraídos directamente de los análisis para los usuarios del Club VIVIR EN EUROPA, ilustran cómo optimizar impuestos y dan respuesta a situaciones concretas de la vida real. Esto no es un artículo de opinión, es una muestra real de valor sobre nuestra manera de trabajar en Vivir en Europa.
Si deseas replicar este éxito y dar solución u optimizar tu situación fiscal, puedes realizar tu propia consulta fiscal y ser acompañado paso a paso por nuestro equipo especializado en fiscalidad internacional.
En este caso real: analizamos los impactos y estructura fiscal más interesante, para trabajar para una empresa francesa viviendo en España, y ver el enfoque fiscal más adecuado para vivir en España y tener rendimientos en Francia.
Para nuestro cliente este será el primer año de residencia fiscal en España, salario francés, convenio de doble imposición, plusvalía inmobiliaria y deducciones por hijos: cuando la vida personal y la situación laboral cambian al mismo tiempo, la planificación fiscal se vuelve imprescindible.
En Vivir en Europa compartimos casos reales de clientes porque creemos que la mejor manera de ayudar es siendo transparentes.
En el Club Vivir en Europa compartimos casos reales de clientes porque creemos que la mejor manera de ayudar es siendo transparentes. Este caso es especialmente valioso porque combina varias situaciones que se dan con mucha frecuencia entre españoles y extranjeros residentes en España con vínculos laborales o patrimoniales en Francia: el primer año de residencia fiscal, la tributación de un salario extranjero, las consecuencias fiscales de un divorcio y la venta de la vivienda habitual. Si tu situación es similar, este artículo puede ahorrarte tiempo, dinero y muchas dudas.
Ventajas del Club VIVIR EN EUROPA
- Análisis Personalizado: Evaluamos tu perfil bajo normativas vigentes para maximizar tu situación fiscal.
- Soporte Integral: Desde verificación de requisitos, hasta guías, explicación directa en videollamada y acompañamiento para todo el proceso. Aplicamos y llevamos acabo nuestras decisiones de consultoría.
- Seguimiento Continuo: Te acompañaremos durante todo el calendario fiscal con nuestros servicios Tax Care y a través del chat con cada uno de los asesores.
- Acceso Exclusivo al Club VIVIR EN EUROPA, donde dispondrás de una única plataforma cloud donde subir tu documentación, validar borradores y operativa y almacenar tu información fiscal.
La situación del cliente: vivir en España y tener rendimientos en Francia
Un trabajador de nacionalidad extranjera lleva años empleado por una empresa francesa.
En 2017 se traslada a España con su pareja, donde compran una vivienda por 320.000 euros. Durante años mantiene su actividad laboral en Francia mientras reside en España. En noviembre de 2025 se formaliza el divorcio, y su expareja abandona la vivienda en marzo de 2026.
La propiedad debe ponerse a la venta y él reside actualmente en una vivienda alquilada en la misma zona.
La situación en el momento de la consulta es la siguiente, para aclarar cómo vivir en España y tener rendimientos en Francia:
- Empleado de una empresa francesa desde 2005, con salario de origen francés.
- Primer año de residencia fiscal en España: 2025, al haber superado los 183 días en el país. Propietario del 62,5% de una vivienda en Sevilla adquirida en 2017 por 320.000 euros, pendiente de venta tras el divorcio.
- Divorcio finalizado en noviembre de 2025, con pago de pensión alimentaria a sus tres hijos.
- Actualmente residente en una vivienda alquilada en Espartinas.
- Sin cuentas bancarias, acciones ni dividendos en el extranjero: su única fuente de ingresos es el salario francés.
- Necesita coordinar su declaración como residente en España y su declaración como no residente en Francia.
Además, necesitaba confirmar dónde debía presentar su declaración de la renta, y las obligaciones fiscales que tendrá en cada país.
Por ello es fundamental analizar de forma coordinada fiscalidad, seguridad social y normativa europea antes de trasladarse a otro país.
El valor de coordinar dos equipos y dos fiscalidades
Este caso ilustra con especial claridad por qué la fiscalidad internacional no puede gestionarse desde un solo país.
Cada decisión que afecta a Italia tiene consecuencias en España, y viceversa. El orden en que se presentan las declaraciones, los gastos que se deducen en un país o en otro, y la correcta aplicación del convenio de doble imposición entre España e Francia determinan si el resultado final es justo o si el contribuyente acaba pagando de más.
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¿Cuándo se convierte en residente fiscal en España?
La residencia fiscal en España se adquiere cuando se supera el umbral de 183 días de permanencia en territorio español durante el año natural. En este caso, el primer año en que el cliente supera ese umbral es 2025, por lo que 2025 es su primer ejercicio como residente fiscal español.
Esto tiene una consecuencia directa e importante: a partir de 2025, España tiene derecho a gravar su renta mundial, es decir, todos sus ingresos con independencia de dónde se generen, incluido el salario de la empresa francesa.
Antes de 2025, mientras no era residente fiscal en España, solo tributaba en España por las rentas de origen español, si las hubiera.
¿Significa eso que tiene que pagar impuestos dos veces por su salario francés?
No, y este es el punto central del caso. El convenio de doble imposición entre España y Francia impide que el mismo ingreso tribute dos veces. El mecanismo es el siguiente: el salario generado en Francia puede ser gravado por Francia como país de la fuente, pero lo pagado allí se descuenta como crédito fiscal en la declaración española, evitando la doble tributación.
En la práctica, esto significa que el cliente debe presentar dos declaraciones:
- La declaración de la renta en España como residente fiscal, incluyendo el salario francés y aplicando la deducción por doble imposición por lo pagado en Francia.
- La declaración en Francia como no residente, tributando únicamente por los rendimientos generados en ese país, que en este caso es el salario de la empresa francesa.
El resultado final es que tributa una sola vez por su salario, al tipo más alto de los dos países, sin duplicidades.
¿Qué hay que hacer en Francia para que le consideren no residente?
Este es un paso que muchos contribuyentes pasan por alto y que puede generar problemas con la administración francesa si no se gestiona correctamente. Francia debe ser notificada del cambio de residencia fiscal para que deje de considerar al contribuyente como residente y le aplique el régimen de no residente, gravándole únicamente por sus rentas de origen francés.
El trámite concreto es modificar la dirección fiscal en la declaración francesa, estableciendo el cambio a partir del 1 de enero de 2025, que es el año en que se convierte en residente fiscal español. Sin este cambio, la administración francesa puede seguir reclamando la declaración como residente, con todas las obligaciones que eso conlleva, incluida la declaración de renta mundial desde la perspectiva francesa.
Es un paso sencillo pero imprescindible, y debe hacerse cuanto antes para que la administración francesa procese correctamente el cambio de estatus. Nos encargaremos de todo el proceso de la renta en Francia del cliente. Además revisaremos en el Avis d’impôts una vez lo reciba el cliente.
¿Qué pasa con la venta de la vivienda en Sevilla?
La venta de la vivienda tiene dos implicaciones fiscales distintas que conviene separar claramente:
La primera es la plusvalía municipal, un impuesto local independiente que debe pagarse al Ayuntamiento de la ciudad y que grava el incremento del valor del suelo desde la fecha de adquisición hasta la fecha de venta. Es un impuesto que no tiene nada que ver con la ganancia patrimonial en el IRPF y que hay que pagar independientemente del resultado de la venta.
La segunda es la ganancia patrimonial en el IRPF, que grava la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición. En este caso hay varios factores que complican el cálculo: el cliente solo es propietario del 62,5% del inmueble, la vivienda fue adquirida en 2017 por 320.000 euros, y debe tenerse en cuenta el coste de las mejoras o gastos asociados a la adquisición para calcular correctamente la ganancia.
La buena noticia es que existe una exención por reinversión en vivienda habitual: si el importe obtenido por la venta se reinvierte en la adquisición de una nueva vivienda habitual en un plazo de dos años, la ganancia patrimonial queda exenta de tributación en el IRPF.
Dado que el cliente reside actualmente en una vivienda alquilada y tiene intención de comprar, esta exención es perfectamente aplicable si la reinversión se materializa dentro del plazo.
¿Qué deducciones pueden aplicarse en la declaración española?
Además de la deducción por doble imposición por el salario francés, el cliente puede aplicar en su declaración de la renta española las siguientes deducciones:
- Mínimo por descendientes: los tres hijos pueden incluirse en la declaración, siempre que estén estudiando y cumplan los límites de edad establecidos por la normativa. Esta deducción reduce directamente la cuota del IRPF.
- Pensión alimentaria: el pago de pensión alimentaria a los hijos por decisión judicial tiene un tratamiento fiscal específico en el IRPF que permite aplicar una escala separada sobre esos importes, reduciendo el tipo efectivo. En este caso, los pagos son de 200 euros mensuales durante nueve meses y 150 euros los tres restantes, lo que totaliza 2.250 euros anuales.
Ambas deducciones deben estar correctamente documentadas: resolución judicial del divorcio, justificantes de los pagos de pensión y documentación académica de los hijos en su caso.
La importancia del orden correcto: cómo coordinar ambas declaraciones
Al igual que en otros casos internacionales, el orden en que se gestionan las declaraciones no es indiferente. En este caso, la secuencia recomendada es:
- Primero, notificar el cambio de domicilio fiscal en Francia, estableciendo la fecha al 1 de enero de 2025, para que la administración francesa tramite el cambio de estatus a no residente.
- Segundo, obtener la documentación de lo pagado en Francia (certificado de retenciones o equivalente), necesaria para calcular correctamente la deducción por doble imposición en España.
- Tercero, presentar la declaración de no residente en Francia, tributando únicamente por el salario de origen francés.
- Cuarto, presentar la declaración de la renta en España como residente, incluyendo el salario francés con la deducción por doble imposición correspondiente, las deducciones por hijos y pensión alimentaria, y la ganancia patrimonial de la vivienda si la venta se produce antes del cierre del ejercicio.
Gestiona tu situación fiscal con nosotros
La movilidad laboral dentro de Europa ofrece muchas oportunidades, pero también requiere entender correctamente cómo funcionan las reglas fiscales y de seguridad social entre países.
En el Club VIVIR EN EUROPA, nuestro equipo coordina casos internacionales que implican varias jurisdicciones, asegurando que trabajadores y profesionales cumplan correctamente con sus obligaciones y aprovechen las herramientas que ofrece la normativa europea.
Este tipo de asesoramiento coordinado permite transformar situaciones complejas en soluciones claras y seguras para quienes desarrollan su carrera profesional entre distintos países.
Si trabajas para una empresa extranjera y resides en España, o si estás en tu primer año de residencia fiscal española con ingresos en otro país europeo, la correcta aplicación del convenio de doble imposición es lo que determina si pagas lo que corresponde o más de lo que deberías. Y si además tienes una venta de vivienda o cambios familiares en el mismo año, la complejidad se multiplica y los errores pueden ser costosos.
En Vivir en Europa contamos con equipos especializados en España e Francia que trabajan de forma coordinada para gestionar tu situación fiscal completa desde una única plataforma, en español y sin que tengas que lidiar con dos asesores distintos en dos países diferentes.
Si tienes cualquier duda te recordamos que puedes hablar con cualquier de nuestro expertos.
Análisis realizado por vivireneuropa.eu por el equipo de redacción con la supervisión de nuestro equipo fiscal en Francia y el equipo fiscal de España
Fuente principal: Administración Fiscal Francesa, Agencia Tributaria Española,INPS y Seguridad Social Española | Caso real gestionado por los equipos de España y Francai de Vivir en Europa · Los datos identificativos de la cliente han sido omitidos para preservar su privacidad · Información basada en la legislación vigente en mayo de 2026

