Caso real: el código ATECO para arquitectos sin título homologado en Italia. Partita IVA desde el 1 de noviembre, forfettario al 5 % y el pago doble de junio

Particulares | Autónomos | Empresas | Vivir en Europa • 4 nov, 2026
código ATECO para arquitectos

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Estás leyendo un caso real de una consulta recibida en el Club VIVIR EN EUROPA, analizado en detalle por nuestros expertos con base en la legislación fiscal italiana, la legislación fiscal española y el convenio entre España e Italia para evitar la doble imposición, sobre cómo elegir el código ATECO para arquitectos que trabajan en Italia sin tener todavía el título homologado ni la inscripción en el colegio profesional: qué código se usó, con qué condiciones, cuánto se paga en el régimen forfettario y por qué hay que reservar dinero para el primer pago de junio.

Es la segunda parte de un expediente que ya conoces si leíste el caso del arquitecto español en Italia. En aquella primera reunión, de octubre de 2026, el plan era abrir la partita IVA el 1 de enero de 2027 con un código genérico. En la reunión de seguimiento, el 4 de noviembre, el calendario y el encuadre cambiaron. Te contamos por qué, y qué decisiones se tomaron.

Si tu situación se parece, en VIVIR EN EUROPA tramitamos el alta de la partita IVA en régimen forfettario con el código ATECO adecuado, te acompañamos en la apertura de la partita IVA en Italia y preparamos tu declaración de la renta en Italia, todo 100 % online y en español.

Para resolver dudas concretas antes de dar ningún paso puedes reservar una consulta fiscal en Italia o una consulta de fiscalidad internacional, y hacer tus propios números con la calculadora del régimen forfettario en Italia o el simulador de impuestos europeos.

Cada semana resolvemos situaciones fiscales reales de personas que viven, trabajan o tienen intereses en varios países europeos. Compartimos estos casos, siempre de forma anónima, porque creemos que la información fiscal de calidad debe estar al alcance de todos: casos reales, contrastados y resueltos por profesionales, que pueden inspirar a otras personas en situaciones parecidas.

No buscamos solo informar: queremos demostrar con hechos cómo trabajamos. Cada caso publicado representa muchas horas de análisis de nuestro equipo de abogados fiscalistas y expertos contables en Europa, y refleja nuestra manera de entender la asesoría: clara, concreta y pragmática.

Si quieres resolver tu propia situación fiscal, contacta con nosotros a través de vivireneuropa.eu y te asignaremos el equipo experto que tu caso necesite.

Por el equipo de vivireneuropa.eu · Despacho fiscal especializado en España e Italia

Ventajas del Club VIVIR EN EUROPA

  • Análisis Personalizado: estudiamos tu caso concreto con base en la legislación vigente y los convenios aplicables, sin respuestas genéricas.
  • Soporte Integral: un único equipo coordina tus obligaciones en España y en Italia, para que lo que se presenta en un país encaje con lo que se presenta en el otro.
  • Seguimiento Continuo: te acompañamos durante todo el proceso, desde la primera videollamada hasta tu primera declaración como autónomo en Italia.
  • Acceso Exclusivo: como miembro del Club dispones de un panel privado para subir documentación, resolver dudas por chat con tus asesores y seguir el estado de tus trámites.

El punto de partida: un arquitecto que empieza a facturar en noviembre

El cliente es arquitecto y vive en Italia. Su trabajo consiste en la redacción y el diseño de proyectos arquitectónicos, edificios y equipamientos, para una empresa española. En Italia no dirige obras ni firma proyectos desde cero: su título no está homologado y no está inscrito en el Ordine degli Architetti, el colegio profesional italiano.

Lo que cambió respecto a la primera reunión fue el calendario. El cliente empezará a facturar sus servicios a la empresa española ya en noviembre, con una previsión de unos 4.300 € al mes durante cinco meses, alrededor de 21.500 € en total. Con ingresos profesionales desde noviembre, esperar al 1 de enero dejaba de tener sentido.

La videollamada de seguimiento se celebró el 4 de noviembre de 2026 con nuestro asesor fiscal para Italia y la coordinación del responsable del Club. El cliente llegó con cuatro preguntas:

  • Qué código ATECO corresponde a su actividad sin tener el título homologado en Italia.
  • Si debe presentar el modelo 030 en España por el cambio de residencia y el alta de la partita IVA.
  • Cuánto pagará de impuestos y cotizaciones en el régimen forfettario.
  • Si su plan del Club incluye la declaración de la renta en España y en Italia.

Las respondemos una a una, empezando por la más delicada.

Primer frente: por qué el código ATECO para arquitectos no es un trámite menor

En Italia, cada partita IVA se abre con uno o varios códigos ATECO, la clasificación oficial de actividades económicas que elabora el ISTAT y que la Agenzia delle Entrate utiliza a efectos fiscales. Lo explicamos en nuestra guía del código ATECO.

Elegir el código ATECO para arquitectos tiene dos consecuencias que van mucho más allá del formulario:

  • Fija el coeficiente de rentabilidad del régimen forfettario, es decir, qué parte de lo facturado se considera beneficio.
  • Delimita qué actividad declaras ejercer. La arquitectura es en Italia una profesión regulada: algunas tareas solo pueden hacerlas los profesionales habilitados e inscritos en el colegio. El Código Penal italiano castiga el ejercicio abusivo de una profesión en su artículo 348.

Por eso, en este caso, el código no podía elegirse solo por lo que más se parece a la actividad, sino por lo que el cliente puede hacer legalmente sin la colegiación. Esa fue la parte central de la reunión.

Del código genérico al ATECO 71.11.09

En la primera reunión se había barajado un código genérico de técnico o consultor, para no depender de la homologación. En el seguimiento, nuestro asesor fiscal para Italia concluyó que el código que mejor describe la actividad real del cliente es el ATECO 71.11.09, «actividades de arquitectura no clasificadas en otra parte», dentro de la clasificación ATECO 2025.

La razón es práctica: el cliente diseña y redacta proyectos de arquitectura. Un código de consultoría genérica no reflejaría lo que factura, y un código que no describe la actividad real es también un riesgo en una comprobación. Para el ATECO 71.11.09, el coeficiente de rentabilidad del forfettario es del 78 %, el mismo que el de la mayoría de actividades profesionales.

Si en el futuro la actividad cambia o se amplía, el código se puede modificar o completar, como contamos en el caso de ampliar los códigos ATECO.

Segundo frente: las condiciones para usar el código ATECO para arquitectos sin colegiarse

El ATECO 71.11.09 es un código que en Italia se asocia habitualmente a los arquitectos colegiados, que cotizan a Inarcassa, la caja de previsión de ingenieros y arquitectos. Un profesional sin título homologado puede utilizarlo solo si su actividad se mantiene fuera de lo que la ley reserva a los inscritos. Por eso el código se acordó con dos condiciones expresas:

  • Actuar como ejecutor: el cliente trabaja siguiendo las indicaciones previas de otro diseñador o estudio, que es quien asume la responsabilidad profesional del proyecto. No firma ni asume proyectos propios ante la administración italiana.
  • Cuidar el lenguaje de las facturas: en ellas no deben figurar términos reservados a los profesionales colegiados, como «dirección de obra» o «certificaciones».

Antes de enviar la solicitud, nuestro asesor fiscal para Italia confirma el código teniendo en cuenta estas restricciones. Es un punto en el que no hay respuesta universal: depende de qué hace exactamente cada profesional, para quién y con qué grado de autonomía.

Gestione Separata, no Inarcassa

Como el cliente no está inscrito en el Ordine degli Architetti, no cotiza a Inarcassa, sino a la Gestione Separata del INPS, la caja de los profesionales sin colegio propio. La diferencia, que ya explicamos en la primera parte, es importante: Inarcassa exige cotizaciones mínimas fijas, mientras que la Gestione Separata funciona en proporción a lo facturado.

Si más adelante el cliente homologa su título por la vía de la Directiva 2005/36/CE de cualificaciones profesionales y se inscribe en el colegio, podrá asumir proyectos propios. En ese momento habrá que revisar el código, la caja de previsión y los costes. Si llegas a tramitar una obra, te interesará el caso de la CILA en Italia.

Tercer frente: abrir la partita IVA con fecha de 1 de noviembre de 2026

La segunda decisión fue la fecha. Con la facturación prevista desde noviembre, se acordó abrir la partita IVA con fecha de inicio de actividad el 1 de noviembre de 2026, en lugar del 1 de enero de 2027 previsto en la primera reunión.

El plan es enviar la solicitud de apertura de la partita IVA y del alta en la Gestione Separata del INPS el mismo día de la reunión. Con ese calendario, el número de partita IVA y el alta en el INPS estarían disponibles, previsiblemente, el viernes 6 o el lunes 9 de noviembre. Puedes ver cómo funciona el servicio en Partita IVA online y en nuestra guía para abrir la partita IVA en Italia.

Hay una contrapartida que conviene tener presente y que ya analizamos en la primera parte: los cinco años del tipo reducido del 5 % se cuentan por años naturales, así que 2026 cuenta como el primero. Es el precio de empezar a facturar en noviembre, y en este caso lo justifica el volumen previsto. Lo explicamos también en el caso de la partita IVA abierta a mitad de año.

El domicilio: suficiente para empezar

Para la solicitud, el cliente indicó como domicilio la vivienda de su pareja, donde dispone además de una factura a su nombre. Esa documentación es suficiente para iniciar el trámite: la administración tributaria italiana actualizará los datos cuando el ayuntamiento comunique la residencia definitiva.

No es necesario esperar a tener la inscripción en el registro de población, la iscrizione anagrafica, para abrir la partita IVA. De hecho, si el ayuntamiento lo pide, el alta de la partita IVA puede aportarse como justificante de la actividad en el expediente de residencia. Si necesitas un justificante de tu inscripción, lo gestionamos con el certificado de residencia en Italia.

Cuarto frente: el modelo 030 en España, cuanto antes

La segunda pregunta del cliente era si debía hacer algo en España. La respuesta fue sí: presentar cuanto antes el modelo 030 ante la Agencia Tributaria. Es la declaración censal para comunicar cambios de domicilio y de datos personales, y la Agencia Tributaria la recoge en el procedimiento oficial del modelo 030.

Es un modelo informativo, que no suele presentar complicaciones, y que en este caso sirve para anticipar a Hacienda que el cliente dejará de ser residente fiscal en España y para que las notificaciones lleguen a su nueva dirección. Puedes delegarlo con nuestro servicio de modelo 030 online, y en el caso del modelo 030 entre Italia y España explicamos el mismo trámite en la dirección contraria.

El modelo 030 no decide por sí solo la residencia fiscal: esta depende de los días de permanencia, del centro de intereses y del convenio. Lo desarrollamos en el caso de la residencia fiscal en el año del traslado.

Quinto frente: cuánto paga en el régimen forfettario con el ATECO 71.11.09

La tercera pregunta era la más esperada: cuánto pagará. El cliente tributará en el régimen forfettario, el régimen simplificado italiano para autónomos con ingresos de hasta 85.000 € anuales. Funciona con tres piezas:

  • Coeficiente de rentabilidad del 78 %: el Estado italiano considera ingreso el 78 % de lo facturado. El 22 % restante se trata como gasto automático, sin necesidad de justificarlo.
  • Impuesto sustitutivo del 5 % sobre esa base durante los cinco primeros años de actividad, en lugar del 15 % ordinario del régimen.
  • Cotizaciones a la Gestione Separata del INPS del 26,07 %, la alícuota de 2026 que publica el INPS en su nota oficial sobre la Gestione Separata.

Los requisitos de acceso y las causas de exclusión están en la ficha oficial de la Agenzia delle Entrate sobre los requisitos del régimen forfettario, y el cálculo, en su ficha de renta y tributación del forfettario.

La estimación orientativa, con 21.500 € de facturación

Con la facturación prevista por el cliente, el equipo hizo en la reunión esta estimación orientativa:

ConceptoCálculoImporte aproximado
Facturación prevista4.300 € × 5 meses21.500 €
Base imponible78 % de 21.500 €16.770 €
Cotizaciones INPS Gestione Separata26,07 % de 16.770 €4.372 €
Impuesto sustitutivo5 % de la base, como máximo839 €
Carga total aproximadaINPS + impuesto≈ 5.200 €
Porcentaje sobre lo facturado—≈ 24 %

El impuesto figura «como máximo» porque las cotizaciones pagadas al INPS reducen la base sobre la que se calcula el impuesto sustitutivo. Si dudas entre este régimen y el general, compara ambos en nuestra guía sobre la diferencia entre forfettario y ordinario o descarga la guía gratuita del forfettario.

Estas cifras son orientativas. La simulación detallada se enviará por escrito y dependerá de cómo se reparta la facturación entre 2026 y 2027 y del análisis del convenio entre España e Italia, que vemos más abajo.

Sexto frente: el efecto doble del primer año y el pago de junio de 2027

Hay un punto que sorprende a casi todos los autónomos nuevos en Italia y que el equipo quiso dejar muy claro: los pagos a cuenta, llamados acconti. Italia no cobra el impuesto del autónomo factura a factura, sino una vez al año, junto con la declaración, y a esa liquidación le suma un anticipo del año siguiente.

En el primer ejercicio no hay anticipos anteriores que descontar. Por eso, en el primer pago, el cliente abonará el impuesto y las cotizaciones del periodo trabajado y, además, los anticipos a cuenta del año siguiente. En la práctica, la carga fiscal inicial se duplica aproximadamente.

No es un impuesto adicional: los anticipos se descuentan después en la liquidación siguiente. Pero sí es una salida de tesorería concentrada, y en este caso cae en junio de 2027. La recomendación fue sencilla: reservar cada mes una parte de lo facturado, en torno al 24 % de la estimación, y un colchón adicional para ese primer pago.

Los pagos se hacen con el modelo F24, que puedes pagar online con tarjeta o transferencia aunque no tengas cuenta en un banco italiano. En el caso del autónomo español que pasa a la partita IVA en Italia desglosamos el calendario de los acconti con números.

Séptimo frente: cómo facturar a la empresa española desde la partita IVA

Con el alta completada, el cliente facturará a la empresa española desde su partita IVA italiana. El equipo repasó las tres reglas que aplican a sus facturas:

  • Número intracomunitario (VIES): al facturar a una empresa de otro país de la Unión, la partita IVA debe estar activada en el VIES, el registro europeo de operadores intracomunitarios, que la empresa española puede comprobar en el buscador VIES de la Comisión Europea. Lo explicamos en qué es el VIES.
  • IVA al 0 %: las facturas se emiten sin IVA, por tratarse de operaciones intracomunitarias.
  • Marca da bollo: cada factura de importe superior a 77,47 € debe incluir el impuesto de timbre de 2 €, la conocida marca da bollo.

El impuesto de timbre se gestiona y registra a través del software de facturación electrónica que facilita el Club, así que el cliente no tiene que calcularlo a mano. Y, como vimos en el segundo frente, la descripción de cada factura debe reflejar su papel de ejecutor, sin términos reservados a los colegiados. Si te preocupa trabajar para un único cliente, lee el caso de la monocommittenza en Italia.

PEC y factura electrónica desde el primer día

Una vez completados los registros, el Club activa los servicios anuales o mensuales del cliente, que incluyen el buzón de correo electrónico certificado (PEC), obligatorio para los profesionales, y la facturación electrónica a través del sistema de intercambio italiano. Te ayudamos a activar tu PEC y a activar la facturación electrónica en Italia.

Octavo frente: el convenio España-Italia y qué cubre el plan contratado

La última pregunta era si su plan incluye la declaración de la renta en los dos países. El plan contratado cubre por defecto exclusivamente los servicios y la declaración de la renta en Italia. Si, por la doble imposición, fuera necesaria una declaración en España, se presupuesta de forma separada.

No es una duda teórica. Con el alta en noviembre, los honorarios de noviembre y diciembre de 2026 caen en un año que, como vimos en la primera parte, el cliente empezó como residente fiscal en España. Por eso el equipo revisará el convenio entre España e Italia para evitar la doble imposición y verificará los costes asociados antes de cerrar la simulación.

Si quieres entender cómo funcionan estos convenios, tienes nuestra guía del convenio de doble imposición. Y si al final hace falta declarar en España, lo preparamos en el servicio de declaración de la renta en España, con la coordinación del mismo equipo.

El servicio del Club es una suscripción: las cuotas se cargan cada mes en la tarjeta indicada por el cliente, y sus facturas pueden solicitarse desde el formulario habilitado en el panel del Club. Si prefieres un plan anual cerrado para tus obligaciones italianas, revisa Tax Care Italia.

Qué habría pasado sin asesoramiento al elegir el código ATECO para arquitectos

El primer escenario es el del código equivocado en un sentido: abrir la partita IVA con un código de consultoría genérica que no describe lo que realmente factura. Ante una comprobación, la actividad declarada y la realizada no coincidirían.

El segundo es el del código equivocado en el otro sentido: usar el código de arquitectura como si fuera un arquitecto colegiado, firmando proyectos propios o facturando «dirección de obra». Eso habría supuesto un riesgo legal por ejercicio indebido de una profesión regulada, mucho más grave que cualquier ajuste fiscal.

El tercero es el de la tesorería sin prever. Con 21.500 € facturados y unos 5.200 € de carga estimada, llegar a junio de 2027 sin haber reservado nada, con el efecto doble del primer año, habría convertido la primera declaración en un problema de liquidez. Y sin el modelo 030 ni el análisis del convenio, los ingresos de final de 2026 habrían quedado en tierra de nadie entre los dos países.

Resolución

La estrategia acordada con el cliente, tras el análisis de nuestro asesor fiscal para Italia y con la coordinación del responsable del Club, se resume en estos pasos:

  1. Abrir la partita IVA con el ATECO 71.11.09, actividades de arquitectura, con fecha de inicio el 1 de noviembre de 2026, en régimen forfettario y con alta en la Gestione Separata del INPS.
  2. Confirmar el código antes del envío, teniendo en cuenta las restricciones de una actividad regulada sin título homologado.
  3. Facturar siempre como ejecutor de proyectos de otro diseñador o estudio, sin términos reservados a los colegiados como «dirección de obra» o «certificaciones».
  4. Facturar a la empresa española con el número VIES activado, IVA al 0 % y la marca da bollo de 2 € en las facturas superiores a 77,47 €.
  5. Activar la PEC y la facturación electrónica en cuanto se completen los registros.
  6. Presentar de inmediato el modelo 030 en España, para anticipar la pérdida de la residencia fiscal y actualizar el domicilio.
  7. Reservar liquidez cada mes, en torno al 24 % de lo facturado, y un colchón para el pago de junio de 2027.
  8. Revisar el convenio España-Italia para decidir si procede declarar también en España y, en ese caso, presupuestarlo aparte.

Con esta hoja de ruta, el cliente tiene resuelto el código ATECO para arquitectos que encaja con su situación y sabe qué puede y qué no puede hacer sin colegiarse, cuánto le costará su actividad y cuándo tendrá que pagarlo. Recibió por escrito el informe de la reunión con los próximos pasos, y cualquier duda la resuelve por el chat del Club con su equipo.

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En VIVIR EN EUROPA resolvemos este tipo de situaciones cada semana, con un equipo de más de 90 expertos fiscales y legales en Europa:

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Análisis realizado por vivireneuropa.eu, con la supervisión del asesor fiscal para Italia del Club VIVIR EN EUROPA y la coordinación del responsable del Club.

Caso real gestionado por el Club VIVIR EN EUROPA. Los datos identificativos del cliente han sido omitidos para preservar su privacidad · Información basada en la legislación vigente de 2026 en Italia y España y en el convenio entre España e Italia para evitar la doble imposición.

Aviso importante: este artículo se basa en una situación particular analizada en un momento concreto. La respuesta puede no ser la misma para otro caso, aunque parezca similar: el código ATECO adecuado y las condiciones para utilizarlo sin colegiación, el acceso al régimen forfettario y al tipo reducido del 5 %, las cotizaciones, los anticipos del primer año y la tributación en España dependen de la actividad que realmente se ejerza, de la titulación reconocida, de las fechas y de la normativa vigente en cada momento. Las cifras son estimaciones orientativas y quedan sustituidas por la simulación detallada.

Las conclusiones podrán ajustarse una vez revisada la documentación completa y analizado el convenio entre España e Italia. Consulta siempre tu situación específica con un profesional antes de tomar decisiones. Se permite el uso profesional o personal de este contenido siempre que se cite la fuente vivireneuropa.eu.

Equipo de Redacción Vivir en Europa

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El equipo de redacción de Vivir en Europa está formado por todos los profesionales que trabajan en este proyecto. Además de su conocimiento y experiencia se utilizan fuentes de administraciones públicas o entidades privadas con prestigio. Todas las fuentes siempre están accesibles para que las puedas consultar. La información es un derecho del ciudadano.

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