En este análisis encontrarás estos puntos:
Estás leyendo un caso real de una consulta recibida en el Club VIVIR EN EUROPA, analizado en detalle por nuestros expertos con base en la legislación fiscal italiana y la legislación fiscal española, sobre el riesgo de monocommittenza en Italia: qué ocurre cuando un freelance con Partita IVA pasa a dedicarse a tiempo completo a una startup de la que además es socio, cómo se declaran en Italia las participaciones adquiridas en una sociedad española y por qué una holding en España administrada desde Italia puede acabar siendo, a ojos de la Agenzia delle Entrate, una sociedad italiana.
Si te encuentras en una situación parecida, en VIVIR EN EUROPA gestionamos el alta y la gestión de tu Partita IVA en Italia, en régimen forfettario u ordinario, preparamos tu declaración de la renta en Italia —incluido el cuadro de activos en el extranjero— y coordinamos con nuestro equipo de España la parte societaria que toque al otro lado de la frontera.
Para dudas concretas antes de decidir cómo estructurar tu actividad, puedes reservar una consulta fiscal en Italia o una consulta de fiscalidad internacional con nuestro equipo, revisar nuestra guía del régimen forfettario o consultar el plan anual Tax Care Italia si prefieres tenerlo todo cubierto desde el primer día.
Cada semana resolvemos situaciones fiscales reales de personas que viven, trabajan o tienen intereses en varios países europeos. Compartimos estos casos, siempre de forma anónima, porque creemos que la información fiscal de calidad debe estar al alcance de todos: casos reales, contrastados y resueltos por profesionales, que pueden inspirar a otras personas en situaciones parecidas.
No buscamos solo informar: queremos demostrar con hechos cómo trabajamos. Cada caso publicado representa muchas horas de análisis de nuestro equipo de abogados fiscalistas y expertos contables en Europa, y refleja nuestra manera de entender la asesoría: clara, concreta y pragmática.
Si quieres resolver tu propia situación fiscal, contacta con nosotros a través de vivireneuropa.eu y te asignaremos el equipo experto que tu caso necesite.
Por el equipo de vivireneuropa.eu · Despacho fiscal especializado en Italia
Ventajas del Club VIVIR EN EUROPA
- Análisis Personalizado: estudiamos tu caso concreto con base en la legislación vigente y los convenios aplicables, sin respuestas genéricas.
- Soporte Integral: un único equipo coordina tus obligaciones fiscales en Italia, en España y en el resto de países implicados.
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El punto de partida: un freelance con Partita IVA que se convierte en socio a tiempo completo
El cliente es un profesional español residente fiscal en Italia que venía operando como freelance con Partita IVA, facturando a varios clientes. Su situación ha cambiado en pocos meses: ha pasado a dedicarse a tiempo completo a una startup de la que posee el 24 % de las participaciones, y prácticamente toda su facturación empieza a concentrarse en esa única empresa.
En paralelo, en octubre de 2025 formalizó la compraventa de participaciones de una sociedad española. Las adquirió por unos 3.000 € y, según la última valoración, hoy valdrían entre 8.000 y 9.000 €. Nunca las había declarado en Italia y no sabía si debía hacerlo.
Y hay un tercer bloque, el más ambicioso: junto con sus abogados en España está valorando aportar esas participaciones a una holding española para reinvertir los dividendos y evitar la doble imposición. En la estructura que le han propuesto, él sería administrador único y titular del 100 % de la holding, gestionándola desde su casa en Italia.
Tres preguntas distintas que, en realidad, apuntan a la misma cuestión de fondo: ¿hasta qué punto puede una persona que vive en Italia organizar su actividad y su patrimonio en España sin que Italia reclame su parte? La reunión con nuestro departamento fiscal de Italia, mantenida en italiano, abrió cuatro frentes. Te los explicamos uno a uno.
Primer frente: monocommittenza en Italia, o cuándo una Partita IVA deja de parecer una Partita IVA
Empecemos por lo que más preocupaba al cliente y menos problema resultó ser: tener el 24 % de la startup. La participación en sí no supone ningún riesgo fiscal. Un profesional con Partita IVA puede ser socio de una sociedad de capital y facturarle sus servicios sin que eso, por sí solo, altere su régimen.
El riesgo aparece por otro lado. Si la totalidad de la facturación de la Partita IVA procede de un único cliente, y ese cliente es además una empresa en la que el profesional trabaja a jornada completa, la Agenzia delle Entrate —y también la inspección de trabajo— pueden cuestionar la relación como una monocommittenza encubierta: una relación laboral disfrazada de trabajo autónomo.
¿Por qué importa tanto? Porque en Italia la Partita IVA en régimen forfettario tributa al 5 % o al 15 %, mientras que un salario de trabajador por cuenta ajena tributa por el IRPEF progresivo y soporta las cotizaciones sociales a cargo de la empresa. Cuando la administración detecta que un «autónomo» trabaja para un solo cliente, con horario, medios y organización ajenos, tiene incentivos para recalificar la relación. El propio régimen forfettario excluye, de hecho, a quien factura mayoritariamente a su empleador actual o reciente.
La regla práctica: nunca más del 50 % con un solo cliente
La recomendación de nuestro departamento fiscal italiano fue concreta y medible. La práctica prudente es no superar el 50 % de la facturación anual con un único cliente y repartir el volumen idealmente entre tres clientes, o al menos dos. No es un umbral legal escrito en piedra, sino el margen de seguridad que, en nuestra experiencia, deja fuera de sospecha a la mayoría de estructuras.
En este caso había una circunstancia que jugaba a favor: el socio del cliente está poniendo en marcha una nueva empresa en otro país, lo que abre la posibilidad de repartir la facturación entre varias entidades. Y aquí dimos un consejo que a primera vista sorprende: dirigir el mayor volumen de facturación hacia la empresa en la que el cliente no es socio, no hacia la startup de la que forma parte.
La lógica es sencilla. Facturar a una sociedad de la que eres socio con el 24 % y en la que trabajas a tiempo completo reúne los indicios de una relación laboral encubierta: dependencia económica, integración en la organización y participación en el capital. Facturar a una empresa distinta, sin vínculo societario, se parece mucho más a lo que es un profesional independiente: un proveedor externo con varios clientes.
Si quieres profundizar en cómo funciona la facturación con clientes de distintos países desde una Partita IVA, tenemos publicada una guía sobre la Partita IVA en forfettario facturando a clientes extranjeros y otra sobre cómo facturar siendo Partita IVA en Italia.
Segundo frente: las participaciones en la sociedad española y el quadro RW
La segunda pregunta del cliente era directa: compré participaciones de una sociedad española en octubre de 2025, ¿tengo que declararlas en Italia? La respuesta es sí, y no es opcional.
Italia obliga a sus residentes fiscales a declarar los activos financieros y patrimoniales que mantienen en el extranjero, a través del llamado monitoraggio fiscale, en el quadro RW del modelo Redditi (o en el cuadro W del modelo 730). Las participaciones en una sociedad española entran de lleno en esa categoría, con independencia de que generen o no dividendos y de que su importe sea modesto.
Sobre esas participaciones se aplica además el IVAFE, el impuesto italiano sobre el valor de los activos financieros en el extranjero, del 2 por mil sobre el valor de referencia. Para participaciones no cotizadas, ese valor suele ser el coste de adquisición, no la valoración actual. Puedes consultar la ficha oficial de la Agenzia delle Entrate sobre el IVAFE y su declaración.
La plusvalía latente: de 3.000 € a 9.000 € no se paga hasta que se vende
Aquí conviene tranquilizar. Que las participaciones hayan pasado de valer unos 3.000 € a unos 8.000 o 9.000 € no genera por sí mismo ningún impuesto sobre la renta. La plusvalía es latente: solo se materializa —y solo tributa— cuando se transmiten las participaciones, ya sea por venta, por donación o por aportación a otra sociedad.
Lo que sí exige el quadro RW es dejar constancia del activo con su valor histórico de adquisición y su fecha exacta de compra. Por eso el asesor pidió al cliente esos dos datos: sin ellos no se puede completar el cuadro ni calcular, cuando llegue el momento, la eventual plusvalía sujeta a tributación en Italia.
Como la compraventa se formalizó en octubre de 2025, las participaciones debían figurar ya en la declaración italiana del ejercicio 2025. No estaban, así que la vía es presentar una dichiarazione integrativa que incorpore el activo, regularizando la omisión antes de que la administración la detecte. Explicamos las diferencias entre los dos modelos de renta italianos en nuestra guía sobre el modelo 730 y el modelo Redditi.
Un apunte que muchos residentes en Italia desconocen: el monitoraggio fiscale no solo afecta a participaciones. Cuentas bancarias, planes de pensiones, inmuebles o criptomonedas mantenidos en España también deben declararse. Si tienes dudas sobre el conjunto de tu patrimonio español, nuestro caso real sobre una LLC en Italia y el cobro de dividendos explica cómo funciona el flujo de rentas desde una sociedad extranjera hacia un residente italiano.
Tercer frente: la holding española gestionada desde Italia y el riesgo de esterovestizione
Llegamos al bloque más delicado. Los abogados españoles del cliente le han propuesto aportar sus participaciones a una holding en España, de modo que los dividendos de la sociedad participada lleguen a la holding y puedan reinvertirse sin pasar por su renta personal. Es una estructura habitual en España, donde los dividendos entre sociedades disfrutan de una exención muy amplia.
Nuestro análisis, en primer lugar, confirmó que la estrategia es viable desde el punto de vista de su Partita IVA italiana, siempre que se respeten dos condiciones. La primera: el cliente no debe utilizar su Partita IVA italiana para facturar a esa nueva sociedad española. Mezclar la actividad profesional con la sociedad patrimonial propia es la forma más rápida de que ambas estructuras se contaminen. La segunda: la actividad de la sociedad extranjera no debe estar en competencia directa con la que desarrolla en Italia.
Pero el problema real estaba en el diseño de la holding, no en la Partita IVA.
Por qué una holding con administrador único residente en Italia es un problema
En la estructura planteada, el cliente sería administrador único y titular del 100 % de las participaciones de la holding, y la gestionaría íntegramente desde Italia. Y eso activa una figura que todo residente en Italia con sociedades fuera debe conocer: la esterovestizione.
La esterovestizione es, literalmente, «vestir de extranjera» a una sociedad que en realidad es italiana. Desde la reforma de la fiscalidad internacional en vigor para 2024, el artículo 73 del TUIR considera residente fiscal en Italia a toda sociedad que, durante la mayor parte del periodo impositivo, tenga en Italia su sede legal, su sede de dirección efectiva o su gestión ordinaria en vía principal. Dicho de otro modo: si las decisiones estratégicas y el día a día de la sociedad se toman en Italia, la sociedad es italiana, aunque esté inscrita en un registro mercantil español.
La Agenzia delle Entrate ha detallado estos criterios en su Circolare 20/E de 4 de noviembre de 2024 sobre la residencia fiscal de personas físicas y sociedades. La consecuencia de que la administración considere la holding residente en Italia es contundente: tributaría en Italia por el IRES sobre sus beneficios mundiales, con las sanciones por no haber presentado declaración, y el ahorro fiscal buscado en España se convertiría en un doble frente abierto.
Con un único socio y administrador viviendo en Italia, el riesgo es significativo. No hay nadie más en la estructura que pueda demostrar que la gestión efectiva se produce en España. Para defenderla habría que incorporar otros socios o administradores residentes en España con funciones reales —no de fachada— y documentar que las decisiones se adoptan allí. Es posible, pero encarece y complica una holding que nacía para simplificar.
Los dividendos también tienen que cruzar la frontera
Hay un matiz adicional que el cliente no había considerado. Aunque la holding española resistiera el análisis de residencia, el día que reparta dividendos a su socio residente en Italia, esos dividendos tributarán en Italia. El convenio de doble imposición entre España e Italia limita la retención española en origen, y lo pagado en España se deduce en Italia, pero la reinversión «sin pasar por su renta personal» solo funciona mientras el dinero no salga de la sociedad. Tenemos publicada una guía sobre el modelo 210 y el convenio de doble imposición con Italia que explica el mecanismo desde el lado español.
Si quieres entender las distintas fórmulas para retirar dinero de una sociedad española, nuestro artículo sobre cómo cobrar de mi sociedad en España repasa las cuatro opciones, y la guía de formas jurídicas en España describe el marco societario. Para el trámite de constitución, la referencia oficial es el Punto de Atención al Emprendedor del sistema CIRCE, que permite constituir una sociedad limitada por vía telemática.
Cuarto frente: la alternativa segura, una S.r.l. semplificata en Italia
Cuando una estructura extranjera solo se sostiene a base de defenderla, la pregunta correcta es si existe una alternativa que no necesite defensa. Y existe.
Nuestra propuesta fue constituir una S.r.l. semplificata en Italia, la sociedad de responsabilidad limitada simplificada italiana. Tiene un capital social mínimo simbólico —puede constituirse con un capital reducido, en el entorno de los 500 € que se plantearon en la reunión, siempre por debajo de 10.000 €—, se constituye ante notario con estatutos estándar y sin gastos de honorarios notariales, y elimina de raíz el riesgo de esterovestizione, porque la sociedad es italiana desde el primer día y se gestiona desde donde vive su administrador.
A efectos del objetivo del cliente —reinvertir los dividendos de la sociedad española sin que pasen por su renta personal—, la S.r.l. italiana cumple la misma función que la holding española: recibe los dividendos como sociedad, no como persona física, y puede reinvertirlos. La diferencia es que lo hace en el país donde el cliente reside y toma las decisiones, que es exactamente donde la administración espera encontrarla.
Hay, eso sí, un coste de estructura anual: contabilidad, declaración del IRES e IRAP, y las obligaciones formales de cualquier sociedad italiana. Por eso no es una decisión que se tome sobre la marcha. El cliente contrastará esta opción con sus abogados españoles para comparar, con números, la carga fiscal y administrativa de ambas estructuras antes de mover ninguna participación. Nuestra guía sobre la tipología de sociedades en Italia describe la S.r.l.s. y el resto de formas societarias italianas, y si la nueva sociedad necesita domicilio, ofrecemos también el servicio de sede social en Italia.
Un último detalle práctico: la aportación de las participaciones españolas a cualquier sociedad —española o italiana— es una transmisión y, como vimos en el segundo frente, puede hacer aflorar la plusvalía latente. Es otro de los puntos que quedaron pendientes de cuantificar con los abogados antes de decidir.
Resolución: el plan de acción acordado
La estrategia acordada con el cliente, tras el análisis de nuestro departamento fiscal de Italia y a la espera del parecer de sus abogados en España, se resume en estos pasos:
- Diversificar la facturación de la Partita IVA entre varios clientes, sin superar el 50 % con ninguno de ellos, y dirigir el mayor volumen hacia la nueva empresa del socio —en la que el cliente no participa— antes que hacia la startup de la que posee el 24 %. La participación en sí no se toca: no es el problema.
- Enviar al asesor el valor histórico de adquisición y la fecha exacta de la compraventa de las participaciones de la sociedad española, formalizada en octubre de 2025.
- Presentar una declaración integrativa en Italia que incorpore esas participaciones en el quadro RW con su coste de adquisición, liquidando el IVAFE correspondiente y dejando documentada la base para una futura plusvalía.
- Congelar el proyecto de holding española hasta contar con el parecer de los abogados, con dos preguntas concretas sobre la mesa: cómo defender la gestión efectiva en España con un administrador único residente en Italia, y qué coste tendría incorporar socios o administradores residentes en España.
- Valorar como alternativa una S.r.l. semplificata en Italia, con capital social reducido, que permite reinvertir los dividendos con la misma lógica que la holding y sin riesgo de esterovestizione.
- Mantener separadas la Partita IVA y la futura sociedad: no facturar desde la Partita IVA a la sociedad propia y evitar que la actividad de esta compita directamente con la actividad profesional en Italia.
Con esta hoja de ruta, el riesgo de monocommittenza en Italia queda bajo control y el cliente pasa de tres dudas dispersas a un plan con prioridades claras: primero corregir lo que ya está fuera de plazo (el quadro RW), después reorganizar lo que está en marcha (la facturación) y, por último, diseñar bien lo que todavía no existe (la sociedad para reinvertir).
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Análisis realizado por vivireneuropa.eu, con la supervisión del equipo fiscal de Italia y del equipo fiscal de España del Club VIVIR EN EUROPA.
Caso real gestionado por el Club VIVIR EN EUROPA. Los datos identificativos del cliente han sido omitidos para preservar su privacidad · Información basada en la legislación vigente de 2026 en Italia y España.
Aviso importante: este artículo se basa en una situación particular analizada en un momento concreto. La respuesta puede no ser la misma para otro caso, aunque parezca similar: consulta siempre tu situación específica con un profesional. Se permite el uso profesional o personal de este contenido siempre que se cite la fuente vivireneuropa.eu.

